INTRODUCCIÓN
Tradicionalmente, se asumía que
algunos papeles culturales se asignaban a uno de los sexos porque éste
era "naturalmente" designado para realizarlos. Sin embargo, la mayor
parte de la cultura moderna puede ser utilizada tanto por un sexo como
por el otro, y esto es válido tanto para las tareas del campo como para
los biberones. La complejidad cultural dificulta la cuestión del género.
Que los hombres no comprendan a las mujeres o viceversa parece tener que
ver con la experiencia del género, no con su sexo. La gente tiene
opiniones, la mayoría intuitivas y derivadas de sus vivencias, sobre el
género. Aprendemos muy pronto a decir "los hombres son así y así" o "las
mujeres hacen esto y lo otro", y luego modelamos nuestras percepciones
de hombres y mujeres sobre estos estereotipos o modelos. Aunque estas
opiniones estereotipadas con frecuencia son erróneas, sin embargo son
muy poderosas.
Con la finalidad de contribuir a la labor cotidiana de las personas que
trabajan el tema de “Género” hemos querido elaborar este instrumento que
esperamos sea de mucha utilidad para los usuarios interesados en el
tema.
Este “Glosario sobre Género” constituye una de las estrategias
desarrolladas dentro de las funciones que desarrolla y ejecuta el Centro
de Documentación – CENDOC del Ministerio de la Mujer y Desarrollo social
– MIMDES, como son las “de recopilar, sistematizar y difundir la
temática del Sector”.
La Base de Datos del CENDOC – MIMDES contiene un conjunto organizado de,
aproximadamente, diez mil registros o documentos de las cuales se ha
seleccionado un conjunto de fuentes bibliográficas de donde se ha
compilado los términos relacionados con la temática de género y materias
conexas.
Esta obra de referencia está estructurada de la siguiente manera: Una
introducción y luego se citan los términos seleccionados, ordenados
alfabéticamente.
Como una ayuda más de este trabajo de investigación, hemos incluido la
bibliografía consultada que se encuentra en el CENDOC – MIMDES.
Invitamos a los lectores a revisar este Glosario sobre Género y a
conocer más del tema, asimismo, deseamos expresar nuestro agradecimiento
a todas personas que nos brindaron su apoyo y aliento en la culminación
de esta fuente documental.
En esta segunda edición deseamos expresar nuestro profundo
agradecimiento al Dr. Mario Gilberto Ríos Espinoza por sus acertados
consejos, a Sonia Tamayo, Teresa Viviano, Elia Luna, Frank Huerta y
Eduardo Millán por su invalorable aliento y motivación para continuar
aportando con un granito de arena a la difusión de la información que se
maneja en nuestro Sector. Muchas gracias.
ACCESO
Oportunidades que tienen las mujeres y los hombres de obtener y utilizar
recursos, este término no significa control. Por ejemplo a menudo, las
mujeres tienen acceso a la tierra, a las semillas y/o créditos, lo que
no significa que tengan poder de decisión o control sobre ellos.
ACCIÓN POSITIVA
El término viene de "discriminación positiva" que se originó en Estados
Unidos para favorecer a la población negra. Actualmente se usa más la
expresión de "acción positiva" (o afirmativa).
Partiendo de un análisis de desigualdades existentes, este concepto
exige la actuación en favor de grupos desfavorecidos y discriminados.
Consiste en el supuesto que una actuación neutral dentro de una
estructura desigual produzca la continuación de las desigualdades
existentes. El objetivo es compensar las desigualdades existentes por
acciones afirmativas (por eejemplo el establecimiento de cuotas, medidas
de protección adicionales, la consideración preferencial para las
personas pertenecientes a un grupo o colectivo) y a través de ello la
restitución de la igualdad a futuro. Una actuación que ‘discrimina’ en
manera positiva a los grupos discriminados está considerada necesaria
hasta que desaparezca la desigualdad. El comité para la igualdad entre
hombres y mujeres del Consejo de Europa define este concepto como las
“estrategias destinadas a establecer la igualdad de oportunidades por
medio de medidas que permitan contrastar o corregir aquellas
discriminaciones que son resultado de prácticas o sistemas sociales.”
ACOSO SEXUAL
Según su definición general, el acoso sexual consiste en insinuaciones
sexuales molestas, o en un comportamiento verbal o físico de índole
sexual que persigue la finalidad, o surte el efecto, de inmiscuirse sin
razón en el trabajo de una persona o de crear un ambiente de trabajo
intimidante, hostil, ofensivo o injurioso.
Cabe citar los siguientes ejemplos de acoso sexual:
¨ Contacto físico innecesario y no deseado;
¨ Observaciones molestas y otras formas de acoso;
¨ Miradas lascivas y gestos relacionados con la sexualidad
¨ Invitaciones comprometedoras;
¨ Petición de favores sexuales;
¨ Insultos, observaciones, bromas e insinuaciones de carácter sexual.
Tanto las mujeres como los hombres pueden ser objeto de una atención
sexual no solicitada en el trabajo, pero las víctimas son principalmente
mujeres.
Aunque algunos gobiernos y organizaciones de empleadores y de
trabajadores se han ocupado de está forma de discriminación, sigue
habiendo muchas víctimas de acoso sexual. En general, la víctima no
conoce sus derechos y teme perder su empleo o ser objeto de represalias.
El acoso sexual constituye una amenaza potencial a la vez para los
trabajadores y para la empresa. No solamente pone en tela de juicio la
integridad individual y el bienestar de los trabajadores, sino que
además coarta la consecución de los objetivos del empleador, ya que
debilita la base misma de las relaciones de trabajo y merma la
productividad. Por esta razón, es sumamente importante que los
empleadores creen un ambiente de trabajo sano, con miras a prevenir el
acoso sexual. Asimismo, el acoso sexual deteriora el clima laboral,
menoscaba la dignidad de los trabajadores y constituye una violación del
principio de la igualdad de trato.
En varios países se concede protección contra la violencia y el acoso
sexual en virtud de la legislación sobre la igualdad de oportunidades,
el derecho del trabajo, el derecho civil y el derecho penal.
Se debe prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo, y, cuando se
produce, debe ser castigado, y sus víctimas protegidas.
(OIT – Organización Internacional del Trabajo. ABC de los derechos de
las trabajadoras: Guía práctica. Ginebra, Capta Artes Gráficas, 1994, p.
7-80)
En otro sentido el Código de Conducta define al Acoso sexual como: “ La
conducta de naturaleza sexual u otros comportamientos basados en el sexo
que afectan a la dignidad de la mujer y del hombre en el trabajo”. Esto
puede incluir comportamientos físicos, verbales o no verbales
indeseados. Establece como objetivo primordial: “cambiar el
comportamiento y las actitudes y procurar garantizar la prevención del
acoso sexual”. Trata de las responsabilidades en que pueden incurrir los
empresarios y los trabajadores, así como efectúa una serie de
recomendaciones para que la jerarquía empresarial y laboral elaboren
políticas tendientes a evitar el acoso sexual.
Asimismo, La Comisión de las Comunidades Europeas ha formulado una
Recomendación relativa a la Protección de la Dignidad de la Mujer y del
Hombre en el Trabajo, así como un Código de Conducta; los cual vienen a
acuñar el término de “acoso sexual” concebido en los Estados Unidos en
1970. Esta aparición se debe a los cambios introducidos en esos años en
las relaciones de poder entre hombres y mujeres en el conjunto de la
sociedad y más concretamente en el mundo laboral.
El acoso sexual se percibe por parte de las mujeres como una expresión
de su discriminación social y laboral, cuyas manifestaciones más
importantes son las escasas expectativas de promoción profesional, la
subvaloración de los puestos de trabajo y las actividades típicamente
femeninas.
Las conductas de naturaleza sexual que afectan a la dignidad de las
mujeres y de los hombres violan la libertad sexual de las personas que
lo sufren pues consisten fundamentalmente en comportamientos no deseados
por quienes los padecen. La libertad sexual se debe considerar como un
bien jurídico a proteger y que presenta dos vertientes: una positiva,
que atiende a la libre disposición por una persona de sus propias
potencialidades sexuales y otra negativa que es el derecho de la persona
a no verse involucrada sin su consentimiento por otra persona en un
comportamiento sexual. En definitiva, la esencia del acoso sexual es el
derecho a elegir libremente nuestras relaciones sexuales.
(Ministerio de Asuntos Sociales. Código de conducta para combatir el
acoso sexual. Madrid, 1992, Introducción).
ANALFABETISMO FEMENINO
Aunque este fenómeno varía según regiones se puede constatar que a
menudo nos encontramos con una tasa de analfabetismo femenino más alta
que la del analfabetismo masculino. Según el informe sobre el desarrollo
humano del PNUD del año 2002, la alfabetización de mujeres adultas (15
años y mayores) en países en desarrollo alcanza un 81% por ciento de la
alfabetización de los varones, siendo solo un 42,8% en los países menos
adelantados.
ANÁLISIS DE GÉNERO
Es una herramienta para examinar una situación y cada uno de sus
componentes teniendo en cuenta especialmente el componente género. El
análisis de género nos permite visualizar dentro de un sistema las
relaciones entre el género femenino y masculino como relaciones de
poder, donde lo masculino domina lo femenino (subordinación). El
análisis de género nos evidencia que actualmente la construcción social
nos adjudica: ROLES diferentes para cada sexo; ESPACIOS diferentes para
cada sexo y ATRIBUTOS diferentes para cada sexo.
Nota: Es probable que en esta página web no aparezcan todos los elementos del presente documento. Para tenerlo completo y en su formato original recomendamos descargarlo desde el menú en la parte superior
Luis Pedro Menacho Chiok -
lmenachoarrobamimdes.gob.pe
Especialista en Bibliotecología del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES.
Bibliotecario Profesional (Ex - Escuela Nacional de Bibliotecarios de la
Biblioteca Nacional del Perú)
Lic. en Bibliotecología y Ciencias de la Información (Univ. Nac. Mayor
de San Marcos) Bach. Profesional en Administración de Empresas
(Instututo "Argentina")
Maestría en Administración (Univ. Nac. Federico Villarreal)
Acerca de GestioPolis: Qué es GestioPolis — Términos de uso y Política de privacidad — Mapa del sitio — Contácto — Aliados — Contratar publicidad
Derechos de Autor: Los contenidos están bajo la licencia Reconocimiento - No comercial - Compartir bajo la misma licencia 3.0 Unported de Creative Commons a menos que se indiquen derechos de autor específicos. Si desea citar o utilizar públicamente alguno de los contenidos le solicitamos ponerse en contacto con el respectivo autor.
Derechos Reservados sobre el concepto del sitio web GestioPolis.com © 2008 Carlos López