El Estado Liberal surgió como resultado de una crítica al Estado Monárquico Absolutista, de los siglos XVII y XVIII. Es decir, la forma de Estado que existía hasta antes de la Revolución Francesa de 1789, era del Estado Monárquico- Absolutista, que estaba caracterizado porque el rey era el soberano, es decir, que por encima de su poder no había otro poder humano; porque el origen de su poder era de derecho divino, es decir, Dios y solamente Dios se lo otorgaba y solo ante Él respondía. Porque concentraba todo el poder, es decir, el rey "hacía" la ley, el rey "aplicaba" la ley y el rey "interpretaba" la ley. Un Estado donde el soberano tenía concentrado todo el poder y tenía no solo derecho sobre la vida, la libertad y la propiedad de todos sus súbditos, sino que además determinaba la vida económica.
PENSAMIENTOS:
El marxismo sostiene que el estado es consecuencia del desarrollo
dialéctico de la infraestructura económico-social, causa de los hechos y
motor de la evolución de la humanidad. Las relaciones económicas dan
origen a las clases sociales y a la infraestructura que determina la
formación de una superestructura, integrada por la ética, la cultura, la
religión y el ordenamiento jurídico (estado).
La doctrina aprista promueve la Justicia Social para superar la
explotación, la miseria y las desigualdades que no se expliquen por el
esfuerzo y la capacidad de cada uno, y reivindica la Soberanía Nacional
ante toda forma de influencia externa o imperialismo que signifiquen
abuso y dominación. La doctrina aprista afirma que sin Libertad y
Democracia no son posibles ni el progreso ni la justicia, y por ello
rechaza las dictaduras políticas y económicas. Reivindica el necesario
Papel del Estado como árbitro y regulador entre el capital y el trabajo,
entre las empresas de servicios y los consumidores y entre la producción
nacional y la economía mundial. Además, la doctrina aprista afirma que
ningún país de América latina podrá dar una solución cabal al problema
del desarrollo y la justicia sin la Integración de los Pueblos de
América Latina.
Amartya Sen: “En efecto, el Estado de bienestar, tal como lo conocemos,
es uno de los grandes logros de la civilización europea, es una de las
grandes contribuciones de Europa al mundo. El resto del mundo ha
emprendido esta dirección, imitándolo cada vez mas, valorando
positivamente, en muchos aspectos, lo que ha sucedido en Europa desde
que concluyera la Segunda Guerra Mundial”
Norberto Bobbio: “La Sociedad Civil comprende la esfera de las
relaciones sociales que no está regulado por el Estado. La sociedad
Civil se configura como el ámbito de las necesidades individuales, un
ámbito intermedio entre la familia y la sociedad política, en el que
surgen y se desarrollan los conflictos económicos, sociales, ideológicos
y religiosos que, por otra parte, las instituciones tienen la misión de
resolver, ya sea mediando en ellos, previniéndoles o reprimiéndolos ”
RESUMEN
La insuficiencia de recursos del Estado peruano para financiar la
alimentación, salud, educación, seguridad y otros aspectos de los
espacios socioeconómicos de mayor pobreza y marginación; hace necesario
recurrir a la ayuda de otros Gobiernos, Organismos e Instituciones del
exterior, a través de la denominada Cooperación Técnica Internacional
(CTI), la misma que viene a complementar los esfuerzos nacionales en
materia de desarrollo social y económico. Todo está muy bien; sin
embargo, todo esto se complica con la participación de entidades
públicas y privadas nacionales y extranjeras que gestionan dicha
cooperación, la misma que en gran parte no logra los objetivos por
deficiencias en la gestión y control; por cuanto las entidades que deben
supervisar, fiscalizar y controlar no realizan cabalmente dicha función;
siendo necesario la participación activa y permanente del Estado y la
Sociedad para que la futura Cooperación Internacional, tenga la
prospectiva eficaz que deseamos todos los peruanos, por cuanto dichos
recursos, de una u otra forma nos corresponden. Por tanto, es necesario
determinar las estrategias que deben aplicar el Estado y la Sociedad
para estar presentes en la gestión y control de este importante recurso
financiero que ingresa a nuestro país; porque de no ser así, en el
futuro, dicha cooperación no solo puede recortarse, si no hasta podría
suspenderse, lo cual afectaría a la población más necesitada de nuestro
país.
ABSTRAC
The inadequacy of resources of the Peruvian State to finance the
feeding, health, education, security and other aspects of the
socioeconomic spaces of more poverty and marginación; the makes
necessary to appeal to the help of other Governments, Organisms and
Institutions of the exterior, through the denominated International
Technical Cooperation (ITC), the same one that comes to supplement the
national efforts as regards social and economic development. Everything
is very well; however, all this gets complicated with the participation
of national public and private entities and foreigners that negotiate
this cooperation, the same one that doesn't largely achieve the
objectives for deficiencies in the administration and control; since the
entities that should supervise, to investigate and to control doesn't
carry out completely this function; being necessary the active and
permanent participation of the State and the Society so that the future
International Cooperation, have the prospective one effective that we
want all the Peruvians, since this resources, in an or another way
correspond us. Therefore, it is necessary to determine the strategies
that should apply the State and the Society to be present in the
administration and control of this important financial resource that it
enters to our country; because of not being this way, in the future, non
alone this cooperation can be clipped, if not until it could be
suspended, that which would affect the neediest population in our
country.
ABSTRATO
A insuficiência de recursos do Estado peruano para financiar a
alimentação, saúde, educação, segurança e outros aspectos dos espaços
socioeconômicos de mais pobreza e marginación; o faz necessário atrair à
ajuda de outros Governos, Organismos e Instituições do exterior, pela
denominada Cooperação Técnica Internacional (CTI), o mesmo que vem
completar os esforços nacionais como cumprimentos desenvolvimento social
e econômico. Tudo é muito bem; porém, tudo isso é complicado com a
participação de público nacional e entidades privadas e estrangeiros que
negociam esta cooperação, o mesmo que não alcança os objetivos em grande
parte para deficiências na administração e controle,; como as entidades
que deveriam supervisionar, investigar e controlar não levam a cabo
completamente esta função; sendo necessário a participação ativa e
permanente do Estado e a Sociedade de forma que a Cooperação
Internacional futura, tenha o previdente um efetivo que nós queremos
todos os peruanos, desde isto recursos, em um ou outro modo corresponde
nós. Então, é necessário determinar as estratégias que deveriam aplicar
o Estado e a Sociedade para estar presentes na administração e controle
deste recurso financeiro importante no que entra a nosso país; por causa
de não ser deste modo, no futuro, non só esta cooperação pode ser
cortada, se não até que poderia ser suspendido, que que afetaria a
população mais necessitada em nosso país.
PRESENTACION
La investigación titulada “ Perú: Estado y Sociedad en la prospectiva
eficaz de la Cooperación Técnica Internacional”, tiene como objetivo:
Determinar las estrategias que deben aplicar el Estado y la Sociedad
para la prospectiva eficaz de la gestión y el control de la Cooperación
Técnica Internacional.
Esta investigación es importante por que induce a la participación del
Estado en la regulación del uso efectivo de los recursos de la
Cooperación Técnica Internacional e igualmente promueve la participación
de la sociedad en el control de la utilización de los recursos que le
corresponden. Asimismo este trabajo tiende a que exista una prospectiva
eficaz en la gestión y el control de la Cooperación Técnica
Internacional, mediante la eficiencia, eficacia y economía de los
recursos.
Para el desarrollo de este trabajo se han aplicado la metodología,
técnicas e instrumentos necesarios para una adecuada investigación, en
el marco de las normas de la Escuela de Post Grado de nuestra
Universidad Nacional Federico Villarreal.
Para llegar a contrastar los objetivos y las hipótesis planteadas, se ha
desarrollado en los siguientes capítulos:
El Capítulo I, presenta el Planteamiento Metodológico de la
investigación.
El Capítulo II, presenta el Marco General del Planteamiento Teórico de
la investigación.
El Capítulo III, está referido al tratamiento del Estado y la Sociedad
como pilares de la prospectiva eficaz.
El Capítulo IV, está referido al estudio de la Cooperación Técnica
Internacional, como instrumento para el desarrollo y también como
estrategia para la dominación.
El Capítulo V, presenta el tratamiento teórico de la Prospectiva Eficaz
de la Cooperación Técnica Internacional.
El Capítulo VI, presenta los Resultados de la Investigación. En detalle
se presenta la entrevista, la encuesta, la constrastación de los
objetivos y la contrastación de las hipótesis.
Finalmente se presenta la bibliografía y los Anexos del trabajo de
investigación.
“PERU: ESTADO Y SOCIEDAD EN LA PROSPECTIVA EFICAZ DE LA COOPERACION
TECNICA INTERNACIONAL”
CAPITULO I :
PLANTEAMIENTO METODOLOGICO
1.1. DELIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN
1. DELIMITACION ESPACIAL
Esta investigación ha comprendido al Estado Peruano, la Sociedad Peruana
y las entidades privadas de origen nacional e internacional que
gestionan recursos de la Cooperación Técnica Internacional para el
desarrollo de nuestro país.
2. DELIMITACION TEMPORAL
Esta investigación ha comprendido, el período que se inició el año 1994
hasta la actualidad y la prospectiva de los próximos años.
3. DELIMITACION SOCIAL
Esta investigación comprendió a directivos, funcionarios y trabajadores
de las entidades públicas; directivos, delegados, socios, funcionarios y
trabajadores de las entidades privadas y a los directivos y miembros de
la Sociedad Civil Organizada.
4. DELIMITACION CONCEPTUAL
Los principales conceptos que son desarrollados en este trabajo son los
siguientes:
a) Estado
b) Sociedad
c) Cooperación Técnica Internacional
d) Prospectiva eficaz
1.2. PROBLEMAS DE LA INVESTIGACIÓN
1.3.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
Las fuentes de financiamiento que dispone nuestro país son insuficientes
para llevar a cabo todas las inversiones que necesita para desarrollarse
a nivel nacional, regional y local; por lo que es necesario recurrir a
otras alternativas financieras, como la Cooperación Técnica
Internacional (C.T.I.). La Cooperación Técnica Internacional, promueve y
facilita el proceso de inversión, constituyendo sus proyectos un
mecanismo determinante, en algunos casos, para la pre-inversión y en
otros para la inversión de los proyectos en los sectores socioeconómicos
de mayor pobreza y marginación de nuestro país.
Se ha determinado que el Estado y la sociedad peruana no participan en
los Acuerdos, Convenios y otros instrumentos legales vinculados con la
Cooperación Técnica Internacional, llevadas a cabo con gobiernos,
organismos e instituciones internacionales. También se ha determinado
que gran parte de la Cooperación Técnica Internacional no se canaliza a
través de Organismos del Sector Público en sus niveles Central, Regional
y Local. En gran parte dicha Cooperación se canaliza sólo con la
participación de las entidades privadas de origen nacional y extranjero,
inscritas en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) del
Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que no facilita el logro de los
objetivos previstos en los planes de desarrollo, perjudicando a los
sectores de mayor pobreza y marginación de la costa, sierra y selva de
nuestro país.
En la actual coyuntura, han surgido una serie de opiniones, por lo general negativas, sobre el manejo de la Cooperación Técnica Internacional por parte de Entidades del Estado y por las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU), por cuanto no se dispone de sistemas de información y control de parte del Estado y la Sociedad Civil; lo que podría traer consecuencias negativas de parte de los gobiernos y organismos internacionales para canalizar la futura Cooperación Técnica Internacional, perjudicando de este modo el desarrollo local, regional y nacional de nuestro país que necesita el concurso de esta fuente por la falta de recursos ordinarios por parte del Estado.
Las opiniones negativas, antes referidas provienen de Congresistas
(Apristas, Unidad Nacional e Independientes), Ministros de Estado
(Salud, Energía y Minas, Educación, De la Mujer, Agricultura), Sociedad
Civil Organizada (Asociaciones de Padres de Familia, Usuarios de
Servicios de Salud, Agricultores, Cocaleros, Campesinos, etc.), Medios
de prensa (Diario El Comercio, Diario Correo, Diario La Razón; Programas
televisivos (La Ventana Indiscreta del Canal 2, la Boca del Lobo / Hoy
con Hildebrandt del Canal 2 y Cuarto Poder del Canal 4 ), programas de
radio (Enfoque de los Sábados de Radio Programas del Perú, Lucar en la
Radio de Radio Miraflores, y otros).
En tal sentido, debemos considerar que la gestión de la Cooperación
Técnica Internacional, sin la participación del Estado y la sociedad
civil, no ha contribuido a facilitar un gerenciamiento eficiente y
eficaz de este importante recurso, lo que ha originado el tipo de
opiniones antes indicadas, por lo que es necesario revertir esta
situación para beneficio de los peruanos, especialmente aquellos de los
espacios socioeconómicos marginados.
En resumen, la problemática se concreta en la falta de participación del
Estado y la Sociedad civil Peruana en la gestión y control de la
cooperación técnica internacional que corresponde a todos los peruanos y
que viene llevándose a cabo sólo con la participación de algunas
Entidades del Estado y las siguientes entidades privadas: Organizaciones
No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU), Entidades e Instituciones
de Cooperación Técnica Internacional Constituidas en el Extranjero
(ENIEX) y las Instituciones Privadas sin fines de lucro Receptoras de
Donaciones de carácter Asistencial o Educacional provenientes del
exterior (IPREDA); las mismas que en gran medida, vienen favoreciendo
sus intereses económicos, financieros y políticos, en contra del
verdadero objetivo de la Cooperación, según las denuncias presentadas.
PROBLEMA GENERAL:
¿Que estrategias debe aplicar el Estado y la Sociedad, de modo que pueda
obtenerse una prospectiva eficaz en la cooperación técnica internacional
que complementa y contribuye a los esfuerzos nacionales en materia de
desarrollo?
PROBLEMAS ESPECÍFICOS
1. ¿ De que manera establecer una sinergia entre las normas y políticas
que debe utilizar el Estado, la sociedad y las entidades privadas; de
modo que el proceso de gestión de la cooperación técnica internacional
complemente y contribuya a los esfuerzos nacionales en materia de
desarrollo, especialmente en las áreas priorizadas de los planes de
desarrollo de nuestro país?
2. ¿ Que mecanismos de evaluación deben aplicar el Estado, la sociedad y
las propias entidades que gestionan cooperación técnica internacional,
de modo que se disponga de un sistema de control eficaz que facilite la
prospectiva de este tipo de fuente, utilizada especialmente en los
espacios socioeconómicos de mayor pobreza y marginación de nuestro país
?
1.3. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN
1.3.1. JUSTIFICACIÓN:
En una economía social de mercado, el Estado tiene que participar
regulando la actuación de los agentes económicos. Igualmente la sociedad
tiene que tener una participación vigilante de la actuación del propio
Estado y de las entidades que gestionan Cooperación Técnica
Internacional.
Para que la Cooperación Técnica Internacional alcance una prospectiva
eficaz, es necesario que esté adecuadamente gestionada y controlada; es
decir manejada con eficiencia, eficacia y economía.
En este marco, es fundamental contar con un sistema de gestión
institucional y de control tanto interno como externo, que se conviertan
en los procesos permanentes y continuos que tienen como fin determinar,
medir y/o comprobar si los recursos de la Cooperación Técnica
Internacional se han efectuado de conformidad a lo planificado y
alcanzado las metas y objetivos programados; si no se lograron tomar las
medidas correctivas necesarias.
Esta vital función de diagnóstico de planes y cumplimientos de leyes y
Convenios, debe encomendarse a una entidad encargada de la gestión y
Control de las entidades públicas y privadas para que en representación
de todos los peruanos, supervise, fiscalice y controle todo el proceso
de la Cooperación Técnica Internacional a través de un sistema de
gestión y control que le permita con eficiencia y de conformidad a la
realidad, una evaluación transparente en beneficio de todos los
peruanos.
La participación del Estado y la Sociedad permitirá asegurar que las
políticas y procedimientos vigentes se adecuen a las necesidades de las
entidades del Estado y privadas. También posibilitará la fidelidad y
oportunidad de los informes remitidos, con el objeto de que se pueda
tomar las decisiones mas acertadas. Asimismo asegura un seguimiento
adecuado para constatar si las políticas de gestión y control son
obedecidas.
La entidad encargada de la supervisión y el control, debe ser el ente
fiscalizador de las entidades del Estado y privadas, que actuará sin
interferir ni suspender el ejercicio de las funciones y actividades de
dichas entidades, consecuentemente orientará su función a analizar la
utilización de la Cooperación Técnica Internacional, informar o
recomendar el establecimiento de normas que puedan mejorar la gestión y
el control de las entidades del Estado y la organizaciones no
gubernamentales de desarrollo.
La participación del Estado y la Sociedad en la gestión permitirá
detectar, en el plazo deseado, cualquier desviación con respecto a los
objetivos de economía, eficiencia y efectividad en la utilización de la
Cooperación Técnica Internacional, establecidos por el Estado y de
limitar las sorpresas y comentarios negativos como los que se
manifiestan por ahora.
El sistema de gestión y control, desarrollado por el Estado y la
sociedad permitirá hacer frente a la rápida evolución del entorno
económico, social y competitivo, así como a las exigencias y prioridades
cambiantes de los ciudadanos y adaptar su estructura para asegurar el
desarrollo de nuestro país.
La participación del Estado y la sociedad en el sistema de gestión y
control debe estar orientado a fomentar la eficiencia, reducir el riesgo
de pérdida de valor de los activos y ayudar a garantizar el
gerenciamiento adecuado de los recursos, la fiabilidad de la información
financiera, económica y patrimonial y el cumplimiento de las normas
vigentes.
Debido a que la gestión y el control son útiles para la consecución de
muchos objetivos importantes, cada vez es mayor la exigencia de disponer
de mejores sistemas de gestión y control institucional y de informes
oportunos sobre ambas actividades. Un sistema de gestión y control
institucional de las entidades del Estado y privadas, debe ser
considerado como una solución a los problemas potenciales en el
gerenciamiento de la Cooperación Técnica Internacional y por tanto debe
augurar una prospectiva eficaz en el desarrollo económico de nuestro
país.
1.3.2. IMPORTANCIA:
Para el autor, esta investigación es importante porque ha permitido
aplicar los conocimientos y experiencia profesional en la gestión y
control eficaz de las entidades relacionadas con la cooperación técnica
internacional.
Para los directivos y funcionarios de las Organizaciones no
Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU), este trabajo es importante
porque podrán utilizar el diagnóstico y pronóstico para retroalimentar y
ajustar la gestión y control de la cooperación técnica internacional.
Para las autoridades y funcionarios del Estado, servirá para tener las
herramientas necesarias para realizar el seguimiento y evaluación de la
gestión de la Cooperación Técnica Internacional
Igualmente en este mismo sentido, será importante para los directivos,
de la Sociedad Civil, quienes deben participar activamente en la
prospectiva eficaz de la cooperación técnica internacional que
corresponde a todos los peruanos, especialmente a los de menores
recursos
1.4. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN
OBJETIVO PRINCIPAL:
Determinar las estrategias que debe aplicar el Estado y la Sociedad para
la prospectiva eficaz de la gestión y el control de la cooperación
técnica internacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Proponer las alternativas para que las normas y políticas del Estado,
la sociedad y las entidades privadas formen una sinergia que facilite el
proceso de gestión de la cooperación técnica internacional y
efectivamente complemente y contribuya a los esfuerzos nacionales en
materia de desarrollo, especialmente en las áreas priorizadas en los
planes de desarrollo de nuestro país.
2. Establecer los mecanismos de evaluación que deben aplicar el Estado,
la sociedad y las propias entidades que gestionan cooperación técnica
internacional de modo que se cuente con un sistema de control eficaz que
facilite la prospectiva de este tipo de fuente de financiamiento
orientado especialmente a los espacios socioeconómicos de mayor pobreza
y marginación.
1.5. HIPÓTESIS DE LA INVESTIGACIÓN
HIPÓTESIS PRINCIPAL:
El estado y la sociedad tienen que desarrollar normas, estándares y
criterios para participar en la gestión y control de la cooperación
técnica internacional, de modo que pueda obtenerse una prospectiva
eficaz en la complementación y contribución a los esfuerzos nacionales
en materia de desarrollo.
HIPÓTESIS SECUNDARIAS:
1. La reorganización de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional,
permitirá reunir al Estado, la Sociedad Civil Organizada y las entidades
privadas, para establecer la sinergia entre las instituciones, normas y
políticas, de modo que el proceso de gestión de la cooperación técnica
internacional contribuya efectivamente a los esfuerzos nacionales en
materia de desarrollo.
2. La auditoría financiera y social constituye el mecanismo de
evaluación que deben aplicar el Estado, la sociedad y las mismas
entidades que gestionan cooperación técnica internacional; para contar
con un sistema de control eficaz que facilite la prospectiva de este
tipo de fuente de financiamiento orientado especialmente a los espacios
socioeconómicos de mayor pobreza y marginación de nuestro país.
VARIABLES DE LA INVESTIGACION
1) VARIABLE INDEPENDIENTE:
X. ESTADO Y SOCIEDAD
INDICADORES:
X.1. NORMATIVIDAD APLICABLE
X.2. EVALUACION Y CONTROL
2) VARIABLE DEPENDIENTE
Y. PROSPECTIVA EFICAZ
INDICADORES:
Y.1. DIAGNOSTICO
Y.2. PRONOSTICO
3) VARIABLE INTERVINIENTE:
Z. COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL
INDICADORES:
Z.1. PROCESO DE GESTION
Z.2. CONTROL EFICAZ
1.6. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
TIPO DE INVESTIGACION:
Este trabajo de investigación es del tipo básica o pura, por cuanto
todos los aspectos han sido teorizados, aunque sus alcances serán
prácticos en la medida que sean aplicados por el Estado, la Sociedad
Civil y las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo y otras
entidades.
NIVEL DE INVESTIGACION:
La investigación realizada es del nivel descriptiva-explicativa, por
cuanto describe la situación de la Cooperación Técnica Internacional y
luego explica como alcanzar la prospectiva eficaz en el uso de este
importante recurso, especialmente orientado a los sectores de menores
recursos de nuestro país.
METODOS DE LA INVESTIGACION:
En esta investigación se han utilizado los siguientes métodos:

POBLACION Y MUESTRA DE LA INVESTIGACION

TECNICAS DE RECOPILACION DE DATOS
Las técnicas que se utilizaron en la investigación fueron las siguientes:

INSTRUMENTOS DE RECOPILACIÓN DE DATOS:
Los instrumentos que se utilizaron en la investigación, están relacionados con las técnicas antes mencionadas, del siguiente modo:

TÉCNICAS DE ANÁLISIS Y PROCESAMIENTOS DE DATOS

CAPITULO II:
MARCO GENERAL DEL PLANTEAMIENTO TEORICO
2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Arnillas Federico (1990)[1], en su investigación: “Perú, nuestro destino
común: visiones, actores, estrategias y consensos para el desarrollo
social”; establece una sinergia de los diversos conceptos para lograr el
desarrollo social que necesita el Perú.
Ballón Eduardo (1996)[2], en su investigación denominada:
“Organizaciones No Gubernamentales, Sociedad Civil y Desarrollo”;
establece los desafíos que deben superarse para realizar una adecuada
cooperación entre las entidades privadas y la sociedad civil para
determinar el desarrollo.
Beaumont Martín (1996)[3], en su trabajo: “Algo de Estado, Algo de
Empresa: Las Organizaciones No Gubernamentales en el Perú de los noventa
“; establece la participación del Estado y las entidades privadas en el
desarrollo comunitario de diversos objetivos. El mismo autor en otra
obra denominada: Microempresa y Desarrollo: El Rol de las ONGs en la
promoción de la micro y pequeña empresa. Se refiere a la participación
de la cooperación técnica internacional gestionada por las
Organizaciones No Gubernamentales (ONG) para promover el desarrollo de
las micro y pequeñas empresas en el Perú.
Bedregal Salazar Luis (1993)[4], en su trabajo de investigación
denominado: “La cooperación internacional y el trabajo de las ONGDs en
el Perú”; diagnostica y pronostica la gestión de la cooperación técnica
internacional por parte de las Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo (ONGD-PERU).
Caravedo, Baltasar y Pillado (1993)[5], en su trabajo denominado:
“Cooperación Internacional, ONGDs y Desarrollo”. Los autores analizan la
gestión de la cooperación técnica internacional en el desarrollo de los
sectores de menores recursos de nuestro país por parte de las
Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo.
Giesecke, Alberto (1993)[6], en su trabajo denominado: “Consideraciones
para el impulso de las ONGDs como factores de desarrollo: Algunas
reflexiones”; realiza una serie de reflexiones en relación a la gestión
de la cooperación técnica internacional por parte de las Organizaciones
No Gubernamentales de Desarrollo.
En el tercer milenio, encontramos el trabajo de investigación de
Hernández (2004)[7] denominado: “Control de las Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo para la eficacia de la Cooperación Técnica
Internacional”. En este trabajo, el autor concluye en la falta de
control por parte del estado, la sociedad civil y las mismas
Organizaciones No Gubernamentales de desarrollo en la gestión de la
cooperación técnica internacional, lo cual origina el uso inadecuado de
los recursos recibidos por los gobiernos y entidades internacionales. El
autor realiza una serie de aportes para mejorar esta situación que
perjudica a los sectores socioeconómicos de mayor pobreza y marginación.
Por otro lado tenemos, las siguientes normas:
a) Decreto Legislativo No. 719- Ley de Cooperación Técnica
Internacional; establece las normas generales a las que se sujeta la
Cooperación Técnica Internacional (CTI) que se gestiona a través de los
organismos del Sector Público en sus niveles Nacional, Regional y Local;
así como por Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo del Sector
Privado.
b) Decreto Supremo No. 015-92-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo
No. 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la
Cooperación Técnica Internacional, tiene como fundamento el derecho al
desarrollo y está enmarcada en las prioridades de los planes de
desarrollo de corto y mediano plazo y es complementaria al esfuerzo
nacional; se ejecuta en forma de programas, proyectos y actividades que
tiene alcance nacional, sectorial, regional, subrregional y local.
c) Ley No. 27692, crea la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-
APCI, como Organismo Público Descentralizado (OPD) adscrito al
Ministerio de Relaciones Exteriores. Entidad con personería jurídica de
derecho público y con autonomía técnica, económica, presupuestal y
administrativa, cuyo funcionamiento se rige de acuerdo a la Ley de
Cooperación Técnica Internacional.
d) Ley No. 27785: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República, que en su Artículo 4°, se refiere
al “Control de recursos y bienes del Estado fuera del ámbito del
Sistema: “Las entidades que, en uso de sus facultades, destinen recursos
y bienes del Estado, incluyendo donaciones provenientes de fuentes
extranjeras cooperantes, a entidades no gubernamentales nacionales o
internacionales no sujetas a control, se encuentran obligadas a informar
a la Contraloría General, sobre la inversión y sus resultados, derivados
de la evaluación permanente que debe practicarse sobre tales recursos.
Dichos recursos y bienes serán administrados por los beneficiarios de
acuerdo a la finalidad o condición de su asignación, para cuyo efecto se
utilizarán registros y/o cuentas especiales que permitan su análisis
específico, asimismo, en sus convenios o contratos se establecerá la
obligación de exhibir dichos registros ante la Contraloría General,
cuando ésta lo requiera. Los órganos del Sistema deberán prever los
mecanismos necesarios que permitan un control detallado, pudiendo
disponer las acciones de verificación que correspondan”.
2.2. RESEÑA HISTÓRICA DE LA INVESTIGACION
Según Noriega & López (1994)[8]; Si bien, la cooperación siempre ha estado presente en la historia de la humanidad, no es, sino, hasta el siglo XVIII que se hace evidente la cooperación internacional como tal, aunque esta cooperación era sobre todo de carácter político-militar, en razón de las coaliciones que formalizaron los países europeos (la Santa Alianza) contra las fuerzas napoleónicas. Sin embargo, es hasta 1815 que la cooperación internacional se comienza a institucionalizar a través del denominado "Concierto Europeo", el cual adoptó un sistema de conferencias internacionales donde los Estados buscaban ponerse de acuerdo sobre la regulación de puntos de interés común a la vez que restablecer el balance de poder roto, debido a las guerras napoleónicas. No obstante, la cooperación internacional para el desarrollo comúnmente denominada " Ayuda Oficial para el Desarrollo ", sólo surge a partir de la Segunda Guerra Mundial, y " el concepto mismo se consolida como tal hacia fines de la Segunda Guerra Mundial, y una de sus primeras manifestaciones institucionalizadas tiene lugar en el plano multilateral con la creación de las Naciones Unidas ".
En el Perú, el Congreso de la República, de conformidad con lo previsto
en el artículo 188 de la Constitución Política del Perú del año de 1979,
por la Ley No. 25327, delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de normar
entre otros, sobre la creación de condiciones que faciliten el
crecimiento de la inversión privada en los diversos sectores productivos
del país, contribuyendo así al fomento del empleo productivo y a la
pacificación del país.
En el marco antes indicado, el Poder ejecutivo por primera vez promulga
la norma legal que rige la Cooperación Técnica Internacional. Esta norma
es el Decreto Legislativo No. 719 publicada el 10.11.1991 y con vigencia
desde el día siguiente de su publicación. En esta norma se establece las
disposiciones generales de la Cooperación Técnica Internacional, la
programación, gestión, administración, seguimiento y evaluación; así
como los Registros de la Cooperación Técnica Internacional.
Luego, esta Ley se reglamenta. Pero la norma anterior resultaba
insuficiente para gestionar adecuadamente la Cooperación Técnica
Internacional, por lo que el Congreso de la República aprobó la creación
de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), con lo cual
el Gobierno pasaría a contar con un instrumento de manejo de la
Cooperación Técnica Internacional, acorde con la Agenda de Desarrollo
Nacional.
De este modo, el Perú se coloca a la altura de otros países en la
gestión de la Cooperación Internacional como es el caso de Italia,
Francia, España, Japón, Estados Unidos, Canadá, Brasil, Colombia, Chile
entre otros.
La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), de esta forma se
convertiría en un Organismo Público Descentralizado adscrito al
Ministerio de Relaciones Exteriores teniendo como funciones a su cargo
conducir, programar, organizar y supervisar la Cooperación Técnica
Internacional no reembolsable, en función de la política de desarrollo
nacional. La Ley en referencia es la No. 27692: Ley de Creación de la
Agencia Peruana de Cooperación Internacional, publicada el 12.04.2002.
Esta norma contiene la naturaleza, objeto y funciones de la cooperación
internacional, la estructura orgánica de la APCI, el régimen económico,
financiero y laboral de la APCI.
Luego con fecha 23.06.2002, se aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones de la APCI; en esta norma, entre otros aspectos se establece
que la APCI es un organismo público descentralizado del sector
Relaciones Exteriores, con autonomía Técnica, económica, presupuestaria
y administrativa. También se indica que la APCI es el ente rector de la
Cooperación Técnica Internacional teniendo la responsabilidad de
conducir, programar, organizar y supervisar la cooperación internacional
no reembolsable en función de las estrategias de desarrollo nacional en
el marco de las disposiciones legales que regulan la Cooperación Técnica
Internacional. A continuación se menciona que la APCI, es responsable de
la gestión de la cooperación técnica internacional y de la negociación
de los programas del Gobierno Central ante los gobiernos y agencias
cooperantes. Las solicitudes y ofrecimientos de cooperación técnica
internacional de las entidades gubernamentales serán canalizados por la
APCI, bajo responsabilidad.
2.3. BASE LEGAL DE LA INVESTIGACION
Conjunto de dispositivos legales, manuales, políticas, estrategias,
estándares y criterios aplicables a la gestión de la cooperación técnica
internacional. Las normas pueden ser emitidas por el Estado, la Sociedad
y por las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo; en uno u otro
caso deben ser cumplidas, para encaminar en forma eficaz la gestión y el
control de la cooperación técnica internacional.
Las normas aplicables son las siguientes:
NORMAS GENERALES:
• Constitución Política del Estado
• Código Civil
• Código Penal
• Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores.
NORMAS TRIBUTARIAS:
• Código Tributario
• Ley y Reglamento del Impuesto a la Renta
• Ley y Reglamento del Impuesto General a las Ventas
• Ley y Reglamento de Comprobantes de Pago
• LEY No. 27804. Publicada 02.08.2003: Esta norma establece la relación
de gastos por donaciones en favor del Sector Público Nacional y
entidades sin fines de lucro.
• D.S. No. 042-2002-PCM Publicado 27.03.2002: Incorpora al Hogar Clínica
San Juan de Dios como entidad perceptora de asignaciones cívicas
deducibles del Impuesto a la Renta.
• D.S. No. 036-94-EF: Reglamento del Beneficio Tributario de Devolución
del Impuesto General a las Ventas en las compras de bienes efectuados
con financiación de donaciones y Cooperación Técnica Internacional no
reembolsable, establecidos por el Art. 15 del Decreto Legislativo No.
783.
• D.S. No. 150-2003-EF Publicado 11.10.2003: Modifican el Reglamento del
Beneficio Tributario de Devolución de Impuestos abonados por Misiones
Diplomáticas, Oficinas Consulares, Organizaciones y Organismos
Internacionales acreditados en el país.
• R.M. No. 077-2003-EF/15 Publicado 25.02.2003: Establece los documentos
que deben presentar las entidades sin fines de lucro a efecto de ser
calificadas como entidades perceptoras de donaciones: i) Testimonio de
la Escritura Pública de Constitución, donde figure su objeto social y
fines debidamente inscrita en Registros Públicos; ii) Copia del Estatuto
de contenga el destino de su patrimonio; y, iii) Declaración Jurada en
la cual conste que no distribuye rentas.
• Resoluciones del Tribunal Fiscal
• Normas de SUNAT
NORMAS DE COOPERACION TECNICA INTERNACIONAL:
• Decreto Legislativo No. 719: Ley de Cooperación Técnica Internacional.
Publicada 10.11.1991.
• Decreto Supremo No. 015-92-PCM Reglamento del Decreto Legislativo No.
719. Publicado el 31.01.1992.
• Ley No. 27692: Ley de Creación de la Agencia Peruana De Cooperación
Técnica Internacional. Publicada el 12.04.2002.
• Resolución Ministerial No. 0661-2002-RE: Aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional. Publicada 23.06.2002.
NORMAS CONTABLES:
• Normas Internacionales de Contabilidad (NICs)
• Normas Internacionales de Información Financiera (NIIFs)
• Reglamento de Información Financiera (RIF)
• Plan Contable General Revisado (PCGR)
• Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad (CNC)
NORMAS DE CONTROL:
• Normas Internacionales de Auditoria (NIAs).
• Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGAs).
• Normas de Auditoria Gubernamental (NAGUs).
• Ley No. 27785: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la Republica. Publicada el 23.07.2002.
• Resolución de Contraloría No. 072-98-CG: Normas Técnicas de Control
Interno para el Sector Publico. Publicado el 18.12.1998
• Resolución de Contraloría No. 123-2000-CG: Ampliación de las Normas
Técnicas de Control Interno para el Sector Publico. Publicado el 01.07.
2000.
• Reglamento y Manual de Preparación de Información Financiera
CAPITULO I I I :
ESTADO Y SOCIEDAD: PILARES PARA LA PROSPECTIVA EFICAZ
3.1. ESTADO
Según Porrúa (2004)[9], a través del tiempo el Estado ha ido
evolucionando constantemente, desde su concepto, hasta su forma de
organización, evolución y su historia misma. El nacimiento del Estado,
es muy antiguo, desde la polis griega, el Imperio Romano hasta el Estado
moderno. El Estado surge como respuesta a necesidades de organización y
es un término reservado para un tipo particular de organización política
que surge en la edad media.
Continúa el autor, la palabra Estado, viene del latín status y se define
como una comunidad política desarrollada, de un fenómeno social, el
Estado es un ente jurídico supremo, o algo no visible pero palpable en
los sujetos sometidos a un orden jurídico establecido que nos limita y
reconoce derechos, pero estos derechos son una forma de organización de
vida.
El autor remarca, el Estado es la organización jurídica – política más
perfecta que se conoce hasta el presente. Es un ente orgánico unitario,
estructurado jurídicamente bajo la forma de una corporación, que detenta
el ejercicio del poder. El Estado está conformado por las siguientes
bases: población, territorio, estructura jurídica y soberanía.
Continúa el autor, el término Estado, en un sentido moderno fue
introducido por Maquiavelo, al hablar de los statu, lo convierte en
sustantivo abstracto con una significación similar a la de polis para
los griegos y civitas para los romanos, es decir, comunidad humana
suficiente en si, con gobierno propio o independiente, supremo en su
orden. Se diferencia de otros términos de parecida índole, como el de
sociedad, porque esta admite otras características fuera de la sociedad
política y porque no toda sociedad es Estado. También se distingue de la
nación.
Según Merino (2005)[10], al Estado generalmente se le define como “la
sociedad civil jurídica y políticamente organizada”. En eso consiste el
Estado: en la institucionalización jurídica y política de la sociedad.
Es justamente por esto que Kelsen, uno de los grandes teóricos del
Estado moderno afirma que “... el Estado tiene como elementos
constitutivos esenciales el poder público, el territorio y el pueblo”.
3.1.1.TIPOS Y CATEGORIAS DEL ESTADO
3.1.1.1. TIPOS DE ESTADO
Según, De la Paz (2001)[11]; existen diferentes corrientes que conciben
al estado, como la liberal o de tendencia capitalista, la de pensamiento
marxista o comunista, la nacionalsocialista, el Estado de hecho, el
Estado de derecho o el Estado monárquico absolutista, todos con su
momento histórico y sus bases ideológicas, políticas y económicas.
EL ESTADO LIBERAL
El Estado liberal surgirá a finales del s. XVIII y principios del XIX.
Dominará poco a poco toda construcción política occidental. Como hitos,
se destacan la Constitución norteamericana de 1.787 y la francesa de
1.791. Ambas supondrán la victoria de una determinada concepción del
mundo, la burguesa, que se correspondía con una clase social maniatada
por el Antiguo Régimen en su desarrollo económico. Las concepciones
capitalistas e individualistas exigían un régimen neutral, puramente
formal, que garantizasen el libre desarrollo económico, donde el
individuo se sitúa antes del Estado y donde hubiese tal equilibrio de
poderes que se impidiese algún paso atrás. El Estado liberal se
caracterizará:
a) Por el contrato social como medio de fundación de la sociedad civil. Esta concepción de contrato social es antigua, y a ella acuden autores tan dispares como Hobbes, para quien el contrato social es el medio de evitar el caos propio de un hombre malo; o Rousseau, para quien el contrato social permite la defensa del hombre y sus bienes, aunque nunca podrá suponer una alienación de su libertad. Por su parte, Locke mantendría un gran optimismo acerca del hombre y la libertad, dentro de una línea de optimismo antropológico que encontramos en el campo político en Humboldt y Stuart Mill, y en el campo económico en un Adam Smith (la bondad de ley de la oferta y de la demanda en un mercado libre).
b) La separación de poderes, a fin de evitar todo absolutismo. Se ingenian toda una serie de contrapesos que eviten una concentración de poder que pueda lesionar las esferas inviolables de los individuos. Estos poderes son el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Locke formularía esta necesidad, pero su sistematización se deberá a Montesquieu, quien concibió la separación de poderes como medio para frenar el poder y garantizar la libertad individual. Esta característica se repetirá en todos los regímenes liberales.
c) Los derechos del hombre, que dibujan el límite de la acción del Estado, y otorgan valores a la concepción prácticamente formal del Estado liberal. Ya Constant, colaborador de Napoleón, subrayaría la necesidad de estos derechos para todo Estado liberal.
d) La soberanía nacional, concepto que traslada toda última razón decisiva al pueblo, concebido como nación o ente histórico. De ahí que los regímenes decimonónicos sean fundamentalmente censitarios, en tanto que se consideraba que solo podían concurrir en las votaciones aquellos que tenían más alto nivel de renta y, por suposición, mayor formación y madurez para poder discurrir, sobre todo la burguesía.
e) El Estado constitucional, Estado reglado o subordinado a un conjunto de normas que posibilitasen el cumplimiento de los principios burgueses, la libertad, la igualdad y la propiedad. Se establecerá un concepto de igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, aunque ello no implicaba una redistribución de la riqueza sino solo la abolición del privilegio y fueros especiales.
EL ESTADO MARXISTA
El concepto de Estado en el marxismo, y su plasmación política por Lenin, parte del materialismo histórico (la infraestructura o modo de producción condiciona las superestructuras, como el Derecho) y el materialismo dialéctico, propiciando una interpretación de la historia lineal, desde los tiempos de la gens o tribu hasta el Estado socialista, última fase a partir de la cual desaparece todo Estado. El estudio de sus premisas ideológicas lo encontramos en Lenin, "El Estado y la Revolución" . Lenin parte de la obra de Engels "El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado", para quien el Estado es "producto y manifestación del carácter irreconciliable de las contradicciones de clase. El Estado surge en el sitio, en el momento y en el grado en que las contradicciones de clase no pueden, objetivamente, conciliarse".
Para Marx el Estado viene a ser un órgano de dominación de clase, un "orden que legaliza y afianza la opresión". No siempre hubo Estado en el sentido marxista de la palabra, es decir, fuerza especial de represión o instrumento de fuerza de la clase dominante. En las épocas primitivas, de la familia patriarcal, o el clan, donde no había esclavistas y esclavos, "no existía el Estado, no existía un aparato especial para aplicar sistemáticamente la violencia y someter a los hombres a dicha violencia".
EL ESTADO NACIONALSOCIALISTA: EL ESTADO FASCISTA
Mussolini, en su escrito "El Fascismo", dice que "el fascismo es una concepción religiosa" y también histórica ("fuera de la historia, el hombre no es nada"). Su motor será el Estado: "la concepción fascista es para el Estado", dentro del cual se desarrolla el individuo y la libertad: "para el fascista, todo está en el Estado y nada humano ni espiritualmente existe y a fortiori nada tiene valor fuera del Estado". Es el Estado el que hace posible la nación, le da una existencia efectiva y una voluntad al pueblo, y gracias a él se crea el derecho. "El Estado Fascista, la forma más elevada y más poderosa de la personalidad, es una fuerza, pero una fuerza espiritual... es el alma del alma". La doctrina del Estado fascista es lo más próximo al Estado ético de Hegel. No aporta ningún elemento nuevo: se diferencia del liberalismo en que para este el centro se encuentra en el individuo y el Estado debe limitar su acción; mientras que para aquel, el centro es el Estado, y gracias a él existe sociedad y es posible la libertad. Según Bonnard sigue la dogmática liberal propia del s. XIX: el positivismo jurídico (derecho creado por la voluntad del Estado, y se reconoce la jurisdicción contencioso- administrativa y el control jurisdiccional de las funciones estatales); concibe al Estado como persona jurídica y es titular de soberanía, actuando por medio de órganos. Estas ideas de han acomodado al régimen autoritario. Así, el Duce es "capo di governo", órgano del Estado en sentido jurídico, y concentra los poderes legislativo y ejecutivo por delegación, cuyos auténticos titulares son el rey y el parlamento. El Estado, según el fascismo, no se funda ni en la agrupación natural de los hombres, ni tampoco en la contractual. Sin Estado no habría pueblo, sería una masa amorfa; pero el Estado requiere del pueblo para no caer en la abstracción. El principal problema que presenta el Estado fascista es el de la ausencia total de alguna idea de legitimidad.
EL ESTADO NACIONALSOCIALISTA
Una primera corriente, que podemos denominar clásica, tiene su máximo
exponente en Otto Koellreuter. Parte de los conceptos propios de la
escuela alemana del s. XIX, aunque dándole nuevo alcance, en un sentido
muy similar a los teóricos del Estado fascista (Rocco, Bottai). Así,
defenderán la personalidad jurídica del Estado, dotado de soberanía; y
la concepción del Estado como Estado de Derecho. Establecen la
diferencia entre Estado de Derecho y Estado legal. El Estado liberal de
Derecho se corresponde a un Estado legal, al identificarse Derecho y
ley. Sin embargo, el Derecho existe, independiente del legislador, como
ordenamiento vital de la Comunidad Popular. Mientras que la ley es fruto
de la actividad del Führer, como máximo intérprete de dicho ordenamiento
vital. De ahí que el Estado nacionalsocialista, según los referidos
autores, sea el auténtico Estado de Derecho. Se mantiene la existencia
de derechos públicos subjetivos, aunque acomodados a la ideología
nacionalsocialista, y también la distinción Derecho público y privado.
Reinhard Hoehn lidera una segunda corriente que podemos denominar
innovadora. Parte del principio de la relatividad de los conceptos y
construcciones jurídicas. La dogmática tradicional alemana respondía a
determinados hechos y circunstancias históricas; una vez cambiadas y
superadas por la revolución nacionalsocialista, sus principios debían
ser modificados y no simplemente acomodados. El nacionalsocialismo se
funda en una distinción fundamental: el pueblo no es un elemento del
Estado, ni queda definido jurídicamente (como ocurre en el actual
ordenamiento jurídico español, que define al español en el Código
Civil), sino que el concepto nacionalsocialista del pueblo es étnico.
Hoehn distingue entonces entre Rechtsgemeinschaft (Comunidad de Derecho)
y Volksgemeinschaft (Comunidad Popular). Esta idea racial del pueblo se
convierte en el centro de gravedad del Derecho y del Estado en el
nacionalsocialismo.
EL ESTADO DE DERECHO
En esas tres palabras se encierran muchos siglos de pensamiento jurídico
y filosófico del mundo occidental. Es el producto del adoctrinamiento y
la falta de información. Es preciso buscar un factor unificador, una
idea en la que todos convengan. La idea existe y se llama libertad. Para
que funcione El Estado de Derecho no basta que se legisle una
estructura. Sin duda que esto es esencial. Pero sin ciudadanos que
entiendan lo que tienen, y lo defiendan no se progresa ni se logra un
verdadero estado de derecho. No se trata de un invento de juristas y
abogados. Ciertamente los profesionales del derecho darán cuerpo a las
instituciones pero es el ciudadano el que las hace respirar, vibrar y en
suma vivir. De lo contrario lo que tendremos es retórica y quejas sobre
por qué alguien no nos hace justicia.
El estado de derecho existe para proteger al individuo. Si el ciudadano
se comporta como un infante indefenso y espera que le den su botella a
las horas marcadas no hay nada que hacer. Tendremos formas democráticas
y un rebaño dócil pero no un país fuerte y vibrante. Es vital
reflexionar y valorar lo que dicen los aspirantes a los puestos públicos
y las consecuencias de sus propuestas. Intentemos pues comenzar con este
ejercicio examinando algunas de las respuestas que hemos oído cuando
preguntamos que es el estado de derecho.
Para algunos el estado de derecho es que impere la ley. Para otros que
se respeten los derechos del ciudadano, para otros en fin que los jueces
hagan valer los derechos y hay quien lo refiere a la libertad y la
división del poder incluyendo elecciones, derechos humanos y poderes del
estado independientes.
EL ESTADO DE HECHO:
La megatendencia que marcó el desarrollo político-histórico de América
Latina y del Caribe durante todo el siglo XX, fue el pendular cíclico
entre dictadura y democracia (o más bien aperturas democráticas siempre
inconclusas) en el marco de una muy arraigada cultura y ética
autoritarias en la mayoría de las gentes y de las instituciones. Los
defectos, distorsiones y corrupciones de los ciclos democratizadores
tuvieron como respuesta distintas formas y grados de dictaduras
militares desde las más rudimentarias hasta las últimas de la seguridad
nacional, las más organizadas y genocidas. La bien documentada historia
de estas dictaduras muestra que nunca tuvieron capacidad de resolver las
falencias de los procesos democratizadores y más bien agravaron y
complicaron las distintas situaciones, dejando herencias muy onerosas
para quienes tenían que reiniciar los procesos de democratización.
Un tema reincidente en esto fue el de la corrupción. Los militares se
concibieron y actuaron como los guardianes más severos contra la
corrupción proveniente -según ellos- solamente de los civiles;
terminaron en la peor de las corrupciones por aquello de que a poder
absoluto es absoluta la corrupción, con un gravísimo desprestigio y
desmoralización de las fuerzas armadas.
Las décadas de los 80 y 90 han sido escenarios de aperturas democráticas
en todos los países de América Latina y del Caribe, salvo el caso de
Cuba. Por un momento se consideró que este nuevo ciclo democratizador
era ya irreversible y que tendría una continuidad duradera.
Organizaciones como la CLAT y otras siempre pusieron en duda esta
lectura política.
CONCLUSIONES:
El Estado es un instrumento de dominación de una clase sobre otra.
Actualmente, tenemos a los empresarios, y a los trabajadores.
Evidentemente, ahora el poder, el control del estado lo tienen los
capitalistas, y convierten a los gobiernos en sus consejos de
administración. Es decir, NO ES NEUTRAL, favorece descaradamente a los
capitalistas.
Un estado obrero es una etapa transnacional entre el capitalismo y el
comunismo o sociedad sin clases. En esta etapa, una clase - la
trabajadora - domina a otra clase - los capitalistas. Esta dominación se
traduciría en nacionalización de la banca y de las grandes empresas (que
pasarían a estar autogestionadas), defensa de las conquistas obreras
frente a la contrarrevolución ,( es decir, el casi seguro alzamiento
militar contra el recién creado estado obrero), etc.
Que el poder corrompe. Está claro, pero debemos - y se puede - poner en
práctica medidas que impidan que el estado obrero acabe convertido en
una célula cancerosa estalinista.. El estado obrero es un instrumento
que SOLO sirve mientras exista la clase capitalista. Cuando eliminemos
esa clase parásita, no tendrá más sentido hablar de "Estado".
El Estado es un instrumento de dominación de una clase sobre otra.
Actualmente, tenemos a los empresarios, y a los trabajadores.
Evidentemente, ahora el poder, el control del estado lo tienen los
capitalistas, y convierten a los gobiernos en sus consejos de
administración.
Un estado obrero es una etapa transnacional entre el capitalismo y el
comunismo o sociedad sin clases. En esta etapa, una clase - la clase
trabajadora - domina a otra clase - los capitalistas. Esta dominación se
traduciría en nacionalización, expropiaciones y otros hechos a favor de
las grandes mayorías.
3.1.1.2. CATEGORIAS DE ESTADO
El estado puede adoptar diferentes categorías:
1) ESTADO ASOCIADO.- Un estado asociado es usado para describir una
relación libre entre un territorio y una nación. Los detalles de la
asociación es específica en cada país. Se conoce también como "libre
asociación".
2) CIUDAD ESTADO.- Una ciudad estado es un estado que solamente consta
de una ciudad y un exiguo territorio circundante, como por ejemplo
Singapur o la Ciudad del Vaticano en la actualidad. Aunque los motivos
de su origen son variados, predominan las razones de tipo comercial
(sobre todo en la Edad Media) y, en consecuencia, también de tipo
político.
3) CONFEDERACION.- Una confederación es una forma de asociación. Como
forma más específica de asociación, la confederación es también una
forma de organización política. Puede aplicarse al Derecho internacional
público como asociación entre estados soberanos, pero también se utiliza
en Derecho privado para referirse a una forma de asociación de varias
asociaciones con un fin común.
4) CORONA.- En Derecho, la Corona es una persona jurídica de derecho
público, de carácter supraestatal que agrupa a diversos territorios,
sean Reinos o señoríos varios (Ducados, Condado, Marquesados, etc) que
tiene un monarca en común
5) ESTADO NACION.- El Estado Nación es una entidad política definida,
según algunas escuelas de la ciencia política, por tener un territorio
claramente delimitado, una población constante, si bien no fija, y un
gobierno. Otros atributos menores son un ejército permanente y un cuerpo
de representación diplomática, esto es, una política exterior. El Estado
Nación se crea, históricamente, mediante el tratado de Westfalia, al
final de la guerra de los 30 años (1648). Mediante este tratado se acaba
con el antiguo orden feudal y se da paso a organizaciones territoriales
y poblacionales definidas en torno a un gobierno que reconoce sus
límites espaciales, y por lo tanto, de poder.
6) ESTADO LIBRE ASOCIADO.- Un Estado Libre Asociado (E.L.A.) es una
forma de estado en régimen colonial, en que un territorio permanece
afiliado a su metrópoli pero goza de autonomía política.
7) ESTADO REGIONAL.- El Estado Regional es una forma de estado
intermedia entre el Estado federal y el Estado unitario que busca
compatibilizar la idea de unidad y descentralización o autonomía. Este
tipo de estado, habitualmente, posee divisiones territoriales
denominadas regiones. Dichas entidades no poseen el carácter de
soberanas (como los estados federados), pero disponen de un importante
autonomía política. En otras palabras, se mantiene en cierto modo el
carácter unitario del Estado, concediendo a la vez crecientes grados de
autonomía a las entidades territoriales, más allá de las meramente
administrativas, produciéndose una descentralización de carácter
político. Las regiones poseen un gobierno propio, con capacidad de
dirigir y administrar la entidad territorial, de acuerdo a sus propias
políticas. La autonomía política también implica la posibilidad de
disponer de organismos administrativos y legislativos regionales. Para
algunos no habría una diferencia fundamental entre un estado federal y
uno regional. La única diferencia sería el origen de las atribuciones:
mientras en el estado federal, son los estados federados los que deciden
ceder parte de sus atribuciones a la federación, en el regional es el
estado central el que las cede a las entidades territoriales que lo
componen. Sin embargo, en general, se considera que un estado regional
es más centralizado que uno federal y menos centralizado que un estado
unitario. En doctrina se señalan como ejemplos de estados regionales a:
Bélgica, España, Francia e Italia.
8) ESTADO UNITARIO.- Es aquel estado organizado de forma que las
unidades administrativas interiores, aparte del municipio, siguen los
lineamientos centrales. Si bien pueden elegir autoridades intermedias
que no tienen mayor poder de decisión o autonomía financiera, ejecutiva
o legislativa en relación al gobierno nacional. El ordenamiento
territorial puede distinguir en departamento, provincia, sección, etc.
Lo contrario es la Federación. La organización política está
centralizada, no existiendo otra división que la puramente
administrativa, sin producirse traspaso de competencias desde la
Administración central hacia otras entidades territoriales.
Históricamente se ha accedido a este modelo desde dos situaciones
distintas: A través de la conversión de un sistema monárquico en un
sistema republicano o por agregación de distintos reinos o repúblicas.
9) FEDERACION.- Una federación (del latín fœdus, "pacto") es un Estado
conformado por la reunión de varias entidades territoriales. También
suele denominarse estado federal o república federal y, generalmente,
tiene un sistema político republicano y rara vez monárquico. Las
federaciones están compuestas por divisiones territoriales que se
autogobiernan, a las cuales se llega a dar con frecuencia el nombre de
estados, comunidades, regiones u otras, que gozan de un mayor o menor
grado de autonomía pero que, en cualquier caso, tienen facultades de
gobierno o legislación sobre determinadas materias, distintas de las que
corresponden a la administración federal (gobierno de la federación).
Entre las federaciones más significativas de nuestros días se encuentran
los Estados Unidos de América, México, Argentina, Brasil, India, Rusia y
Alemania. La organización política o estructura constitucional que
caracteriza a una federación se conoce como federalismo.
10) IMPERIO.- Un imperio ( < latín imperĭum, «dominio») es un Estado con
dominio sobre otros países, así como el conjunto de los territorios que
rige. Por extensión, "imperio" puede referirse también a la etapa
histórica donde un país tomó esta política o bien a la potencia que
ejerce una fuerte influencia política, económica y cultural..
Actualmente se entiende como imperio no sólo un Estado que abarca varias
naciones étnicas, sino a todo Estado que influye sobre la soberanía de
otros Estados, no solo aprovechándose de ellos, en el sentido del
colonialismo inglés, francés, holandés, etc., sino conformándolos según
su propia imagen. Así, podrían interpretarse Estados Unidos y la extinta
Unión Soviética como imperios, a pesar de no conquistar territorios. En
el siglo XX el término imperialismo adquirió la connotación peyorativa
que actualmente tiene, en parte gracias a Lenin, quien en su libro “El
imperialismo: la fase superior del capitalismo”, decía: “En esta obra
hemos probado que la guerra de 1914-1918 ha sido, de ambos lados
beligerantes, una guerra imperialista (esto es, una guerra de conquista,
de bandidaje y de robo), una guerra por el reparto del mundo, por la
partición y el nuevo reparto de las colonias, de las "esferas de
influencia" del capital financiero, etc.”. A partir del año 1949, cuando
lo que fuera el Celeste Imperio se convirtió en la actual República
Popular China debido a la Revolución Cultural de Mao Tse Tung, se inicia
una nueva época donde la palabra imperio es reemplazada por palabras
políticamente más correctas como "seguridad nacional" o "posicionamiento
de bloque", surgen los imperialismos (palabra que a pesar del parecido
muy poco tiene que ver con lo que representa la palabra imperio), que
representan la suma de todas las agresiones al Derecho Internacional,
derecho irónicamente creado por estas mismas potencias imperialistas y
condensado en la creación de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU). Actualmente, el único imperio que oficialmente se llama tal es el
Imperio Japonés. Es la única unidad política actual que podría llevar
con toda propiedad el título de imperio, sin embargo el drástico cambio
de la política exterior japonesa desde el final de la Segunda Guerra
Mundial le impide implementar un expansionismo con rasgos imperialistas.
11) PRINCIPADO.- Un Principado es una forma de gobierno en la que el
jefe de estado es un príncipe, éste modelo de gobierno se dio mucho en
la Edad Media en los periodos que se abarcan del siglo XV al XVIII, los
principados eran políticamente hablando, pequeñas regiones que dependían
de la metrópoli medieval. En la actualidad existen únicamente los de
Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco y Andorra. También forma parte del
nombre oficial de la Comunidad Autónoma española del Principado de
Asturias por motivos históricos. El título de Príncipe de Asturias lo
ostenta el heredero a la corona de España.
12) PROTECTORADO.- Se denomina protectorado a la soberanía parcial que
un Estado ejerce, especialmente en lo referido a las relaciones
exteriores, en un territorio que no ha sido incorporado plenamente al de
su nación y en el cual existen autoridades autóctonas propias. A modo de
ejemplo, podemos citar el protectorado que en su día ejercieron España y
Francia sobre Marruecos, donde la autoridad sobre la población nativa
era ejercida por el Sultán, existiendo fuerzas militares y policiales
autóctonas, pero tuteladas por los ejércitos de los países protectores.
Los gobiernos de estos países estaban representados, en el caso de la
zona controlada por España, por el Alto Comisario, normalmente un
general, y en el de la zona francesa por el Residente General.
3.1.2. ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACION DEL ESTADO PERUANO
El Estado se presenta como una forma de organización de la vida de los
pueblos susceptible de variedades en todo caso, pero siempre con
estructuras formales expresables en una tipificación. El Estado presenta
las siguientes características: i) Es un grupo social establemente
asentado en un territorio determinado; ii) Tiene un orden jurídico
unitario, cuya unidad resulta de un derecho fundamental; iii) Tiene un
poder jurídico, autónomo, centralizado y territorialmente determinado;
iv) El orden y el poder que lo garantiza tiende a realizar el bien común
público.
EL ESTADO, LA NACION Y EL TERRITORIO:
De acuerdo con la Constitución Política del año 1993, la República del
Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno
e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado
y se organiza según el principio de la separación de poderes.
Son deberes primordiales del Estado defender la soberanía nacional;
garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la
población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar
general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y
equilibrado de la Nación. Asimismo es deber del Estado establecer y
ejecutar la política de fronteras y promover la integración
particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de
las zonas fronterizas en concordancia con la política exterior.
Según nuestra Constitución, el poder del Estado emana del pueblo.
Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que
la constitución y las leyes establecen.
Nuestra “ley de leyes”, establece que el territorio del Estado es
inalienable e inviolable. Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio
marítimo y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del
Estado comprende el mar adyacente a sus costas así como su lecho y
subsuelo hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde
las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo el
Estado ejerce soberanía y jurisdicción sin perjuicio de las libertades
de comunicación internacional de acuerdo con la ley y con los tratados
ratificados por el Estado.
El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que
cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas
millas.
REGIMEN PRESUPUESTAL:
Según la Constitución Política del Perú, la administración económica y
financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba
el Congreso. El presupuesto asigna equitativamente los recursos
públicos. Su programación y Ejecución responden a los criterios de
eficiencia, de necesidades sociales básicas y de descentralización.
La Cuenta General de la República acompañada del informe de auditoría de
la Contraloría General es remitida por el Presidente de la República al
Congreso.
La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de
derecho público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el
órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad
de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la
deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.
MONEDA Y BANCA:
Según la Constitución, la ley determina el Sistema Monetario de la
República. La emisión de billetes y moneda es facultad exclusiva del
Estado. La ejerce por intermedio del Banco Central de Reserva del Perú.
ESTRUCTURA DEL ESTADO PERUANO:
El gobierno peruano está conformado por tres poderes: el Legislativo, el
Ejecutivo y el Judicial.

PODER LEGISLATIVO:
El Poder Legislativo reside en el Congreso que consta de Cámara única y
lo forma 120 congresistas.
El Congreso se elige por un período de cinco años. Para ser elegido
congresista se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25
años y gozar de derecho de sufragio.
Los congresistas pueden pedir a los otros funcionarios de la
administración pública los informes que estimen necesarios.
Según la Constitución son atribuciones del Congreso:
a) Dar leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar,
modificar o derogar las existentes.
b) Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes y disponer lo
conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.
c) Aprobar los tratados de conformidad con la Constitución.
d) Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General.
e) Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución.
f) Ejercer el derecho de amnistía.
g) Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo.
h) Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el
territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la
soberanía nacional.
i) Autorizar al Presidente de la República de la República para salir
del país.
PODER EJECUTIVO:
El Poder Ejecutivo es el órgano administrador del estado. Su atribución
es cumplir y hacer cumplir las leyes.
El Presidente de la República es elegido por sufragio directo y por más
de la mitad de votos. Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría
absoluta se procede a una segunda elección, dentro de los treinta días
siguientes, entre los candidatos que hayan obtenido las dos más altas
mayorías relativas.
Para ser candidato a la Presidencia de la República se requiere tener
más de 35 años de edad al momento de la postulación. El mandato
presidencial es de cinco años y puede ser reelegido, de inmediato, para
un período adicional. Transcurrido otro período constitucional, como
mínimo, el ex presidente puede volver a postular, sujeto a las mismas
condiciones.
También se elige en las mismas condiciones al 1° y 2° Vicepresidente de
la República.
Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República:
a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y leyes.
b) Representar al Estado dentro y fuera de la República.
c) Dirigir la política general del Gobierno.
d) Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.
e) Convocar a elecciones para Presidente de la República y para
representantes del Congreso, así como para alcaldes y regidores y demás
funciones que señala la ley.
f) Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria.
g) Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni
desnaturalizarlas y dentro de tales límites, dictar decretos y
resoluciones.
h) Cumplir Y Hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los
tribunales y juzgados, y requerido para la pronta administración de
justicia.
i) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de
Elecciones.
j) Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, y
celebrar y ratificar tratados.
k) Presidir el Sistema de Defensa Nacional, y organizar, distribuir y
disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
l) Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, la
integridad del territorio y de la soberanía del Estado.
m) Declarar la guerra y firmar la paz con autorización del Congreso.
n) Administrar la hacienda pública, negociar los empréstitos y dictar
medidas extraordinarias en materia económica y financiera, cuando así lo
requiera el interés nacional y con cargos de dar cuenta al Congreso.
o) Regular las tarifas arancelarias.
p) Conceder indultos y conmutar penas, etc.
El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso
si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejo de Ministros.
Debe, a su vez, convocar a elecciones dentro de los cuatro meses a la
fecha de disolución. No puede disolverse el Congreso en el último año de
su mandato.
Colabora con el Presidente de la República el Consejo de Ministros,
cuyos titulares tienen a su cargo la dirección y la gestión de los
servicios públicos. Son nulos los actos del Presidente de la República
que no tienen refrendación ministerial.
CONSEJO DE MINISTROS :
Tiene su presidente. Sin embargo, el Presidente de la República preside
la sesión cuando asiste a él.
Son atribuciones del Consejo de Ministros:
a) Aprobar los proyectos de ley que el Presidente de la República somete
al Congreso.
b) Aprobar los decretos legislativos y los decretos de urgencia que
dicta Presidente de la República, así como los proyectos de ley y los
decretos y resoluciones.
c) Deliberar sobre asuntos de interés público.
PODER JUDICIAL:
El Poder Judicial es el órgano del Estado cuya función es administrar
justicia, aplicando la ley. La potestad de administrar justicia emana
del pueblo. Se ejerce por el Poder Judicial a través de sus organismos
jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las leyes.
Son órganos jurisdiccionales del Poder Judicial:
a) La Corte Suprema de Justicia, con sede en la capital de la República. Su jurisdicción comprende todo el territorio de la República. Examina, en revisión, los asuntos sentenciados en las cortes superiores de la República. Sus fallos son inapelables. El Presidente de la Corte Suprema lo es también del Poder Judicial. La Sala Plena de la Corte Suprema es el órgano máximo de deliberación del Poder Judicial.
Está conformada por los magistrados:
b) Las Cortes Supremas, con sede en la capital del distrito judicial que
señala la ley.
c) Los juzgados civiles, penales y especiales, así como los juzgados de
paz letrados en los lugares que determina la ley.
d) Los juzgados de paz en todos los centros poblados del país.
INSTITUCIONES CONSTITUCIONALES AUTÓNOMAS
Ministerio Público:
El Ministerio Público es la fiscalía u órgano acusador del estado, el
ministerio publico, como representante sociedad, monopoliza el ejercicio
de la acción penal, en nombre del estado. Suele ser considerado como la
parte acusadora, de carácter público, encargada por el estado, de exigir
la actuación de la pretensión punitiva y de su resarcimiento, en el
proceso penal. Como representante de la sociedad, el ministerio público
no persigue ningún interés propio, ni ajeno, sino que realiza llanamente
la voluntad de la ley.
Consejo Nacional de la Magistratura:
Es una institución autónoma que fue creada por la Constitución de 1979. El Consejo de la Magistratura, a cargo de la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial, también forma parte de éste. El segundo párrafo del artículo 114 establece que para su conformación ha de procurarse “el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico”. Ratifica a los magistrados y fiscales cada 7 años.
Defensoría del Pueblo:
La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado por la Constitución de 1993. Su misión es proteger los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad; supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración del Estado y la prestación de los servicios públicos a la población.
Tribunal Constitucional:
Órgano judicial, que es garante de la Constitución y de su supremacía
sobre el resto del ordenamiento jurídico, y que tiene jurisdicción en
todo el territorio nacional y es competente para conocer del recurso de
inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza
de ley, del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades
fundamentales, de los conflictos de competencia entre determinados
órganos del Estado y de las demás materias que le atribuyan la
Constitución o las leyes.
Los magistrados que integran este alto tribunal, que han de ser juristas
de reconocida competencia y larga experiencia profesional, tendrán las
incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial y serán
independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato.
Registro Nacional de identificación y Estado Civil – RENIEC:
Organismo autónomo encargado de mantener actualizado el padrón ciudadano
y electoral. Es el organismo técnico encargado de la identificación de
los peruanos, otorga el documento nacional de identidad, registra hechos
vitales: nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que
modifican el estado civil.
DESCENTRALIZACION, LAS REGIONES Y LAS MUNICIPALIDADES:
Según la Constitución; la descentralización es un proceso permanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del país. El territorio de la República se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada. Las regiones se constituyen por iniciativa y mandato de las poblaciones pertenecientes a uno o más departamentos colindantes. Las provincias y distritos contiguos pueden asimismo integrarse o cambiar de circunscripción. En ambos casos procede el referéndum, conforme a ley. Las municipalidades provinciales y distritales y las delegadas conforme a ley son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al Consejo las funciones normativas y fiscalizadoras; y a la alcaldía, las funciones ejecutivas.
Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa. Les corresponden, dentro de su jurisdicción, la coordinación y ejecución de los planes y programas socio-económicos regionales, así como la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a ley. Sus bienes y rentas propias se establecen en la ley.
Las Regiones apoyan a los gobiernos locales. No los sustituyen ni duplican su acción ni su competencia. Las regiones y las municipalidades rinden cuenta de la ejecución de su presupuesto a la Contraloría General de la República. Son fiscalizadas de acuerdo a ley.
3.1.3.MODELO ECONOMICO Y ESTADO
De acuerdo con el Régimen Económico de la Constitución Política del
Estado del año 1993; la iniciativa privada es libre. Se ejerce en una
economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el
desarrollo del país y actúa principalmente en las áreas de promoción de
empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e
infraestructura.
Asimismo se establece; que el Estado estimula la creación de riqueza y
garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e
industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesiva a la
moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. El Estado brinda
oportunidades de superación a los sectores que sufran cualquier
desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus
modalidades.
Por otro lado, la Constitución establece; que el Estado reconoce el
pluralismo económico: La economía nacional se sustenta en la
coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo
autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente
actividad empresarial directa o indirecta, por razón de alto interés
publico o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial,
pública o no pública recibe el mismo tratamiento legal.
La Constitución establece asimismo; que el Estado facilita y vigila la
libre competencia. Combate toda práctica que limite y el abuso de
posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede
autorizar ni establecer monopolios.
También se establece que la libertad de contratar garantiza que las
partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del
contrato. Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes
u otras disposiciones de cualquier clase. Los conflictos derivados de la
relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la
judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato o
contemplados en la ley.
La Constitución vigente, establece que la inversión nacional y la
extranjera se sujetan a las mismas condiciones. La producción de bienes
y servicios y el comercio exterior son libres. Si otro país o países
adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias que perjudiquen el
interés nacional, el Estado puede en defensa de éste adoptar medidas
análogas.
En todo contrato del Estado y de las personas de derecho público con
extranjeros domiciliados constan el sometimiento de éstos a las leyes y
órganos jurisdiccionales de la República y su renuncia a toda
reclamación diplomática. Pueden ser exceptuados de la jurisdicción
nacional los contratos de carácter financiero.
En otro plano, la Constitución peruana, garantiza la libre tenencia y
disposición de moneda extranjera.
Asimismo, el Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios.
Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y
servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo
vela en particular por la salud y la seguridad de la población.
Por otro lado, actualmente en el Perú, no se aplica realmente una
economía social de mercado, si no más bien el modelo económico liberal o
más específicamente el neoliberal. El Liberalismo, aboga como premisa
principal por el desarrollo de la libertad personal e individual y, a
partir de ésta, por el progreso de la sociedad. La relación entre Estado
y Sociedad Civil, debe interpretarse a partir de la consideración de que
estamos viviendo la imposición del modelo neoliberal, como doctrina y
práctica económica – social globalizada en casi la totalidad del
planeta. Hoy en día se considera que el objetivo político del
neoliberalismo es la democracia, pero en el pasado muchos liberales
consideraban este sistema de gobierno como algo poco saludable por
alentar la participación de las masas en la vida política.
Si bien el liberalismo o neoliberalismo busca que el Estado participe lo
menos posible en la economía. Sin embargo en un contexto de economía
social de mercado, se busca que el Estado regule la participación de los
diferentes agentes, para evitar el abuso y el uso interesado de los
recursos.
Para que exista una adecuada gestión de la Cooperación Técnica
Internacional, es necesaria la participación no sólo del Estado, si no
también de la sociedad civil. Tanto el Estado, como la sociedad civil no
pueden permanecer inertes cuando otros entes gestionan los recursos que
corresponden a todos los peruanos.
3.2. SOCIEDAD
Según Brewer (2005)[12], todas las corrientes filosóficas y políticas,
aún las materialistas y las individualistas, están de acuerdo que los
seres humanos además de ser individuos, es decir, seres únicos e
indivisibles, son seres sociales, es decir, son seres que para
sobrevivir y desarrollarse como seres humanos necesitan de la
cooperación y del auxilio de los demás seres humanos. Experiencias
históricas recientes permiten afirmar que aún cuando en algunas
ocasiones el ser humano ha logrado sobrevivir sin auxilio de los demás
seres humanos, (generalmente conviviendo con lobos), también es cierto
que no ha logrado pasar de cierto nivel de animalidad y que no logrado
desarrollar funciones básicas tales como lenguaje y otras.
Si los seres humanos son seres sociales, esto quiere decir que siempre
han existido y conformado sociedades. El Término sociedad tiene dos
sentidos: uno amplio y otro estricto.
En sentido amplio el término sociedad se aplica a todo conjunto de seres
vivientes, en cuanto a que su agrupación y grado de organización interna
se establece tanto para conseguir la alimentación como para defenderse
de otros factores (otros seres vivientes o fenómenos de la naturaleza)
que ponen en peligro su sobrevivencia como especie. En sentido estricto,
sociedad es un término que solamente se aplica a las diversas
agrupaciones de seres humanos, que se juntan en cantidades mayores o
menores tanto para la satisfacción de las necesidades primarias (comer,
vestir, reproducirse como especie), como de necesidades más complejas
relacionadas con su realización y perfeccionamiento como seres humanos y
como conjunto.
3.2.1.TEORIAS DE LA SOCIEDAD
Todos los conceptos han sido tomados de Wikipedia[13]
1. FEUDALISMO
Se denomina feudalismo a la organización social, política y económica
basada en el feudo que predominó en la Europa occidental entre los
siglos IX y XV. Se trataba de propiedades de terrenos cultivadas
principalmente por siervos, parte de cuya producción debía ser entregada
en concepto de "censo" (arriendo) al amo de las tierras, en la mayoría
de los casos un pequeño noble (señor) nominalmente leal a un rey.
2. CAPITALISMO
El capitalismo puede ser considerado como un sistema o régimen económico
en el que predomina el capital sobre el trabajo como elemento de
producción y creador de riqueza, pudiendo, dicho capital, ser propiedad
de personas jurídicas o de personas naturales no asociadas
empresarialmente a otras. Para definir al capitalismo es necesario
definir sus principios básicos, ya que no existe un consenso sobre su
definición. Generalmente, el capitalismo se considera un sistema
económico en el cual la propiedad privada desempeña un papel
fundamental. Este es el primero de los principios básicos del
capitalismo. Se incluyen también dentro de éstos la libertad de empresa
y de elección, el interés propio como motivación dominante, la
competencia, la fundamentación en el sistema de precios o de mercado,
aunque esas características no son necesariamente una exclusividad del
capitalismo.
Sobre la propiedad privada, el capitalismo establece que los recursos
deben estar en manos de las empresas y personas particulares, de esta
forma, a los particulares se les facilita el uso, empleo y control de
los recursos que utilicen en sus labores productivas. Como consecuencia
de lo anterior, los particulares podrán utilizar los recursos como mejor
les parezca.
La libertad de empresa propone que las empresas sean libres de conseguir
recursos económicos y transformarlos en una nueva mercancía o servicio
que será ofrecido en el mercado que éstas dispongan. A su vez, son
libres de escoger el negocio que deseen desarrollar y el momento para
entrar o salir de éste. La libertad de elección se aplica a las
empresas, los trabajadores y los consumidores, pues la empresa puede
manejar sus recursos como crea conveniente, los trabajadores pueden
realizar un trabajo cualquiera que esté dentro de sus capacidades y los
consumidores son libres de escoger lo que desean consumir, buscando que
el producto escogido cumpla con sus necesidades y se encuentre dentro de
los límites de su ingreso.
Competencia se refiere a la existencia de un gran número de empresas o
personas que ofrecen y venden un producto (son oferentes) en un mercado
determinado. En dicho mercado también existe un gran número de personas
o empresas, denominadas consumidores (también llamados demandantes), las
cuales, según sus preferencias y necesidades, compran o demandan esos
productos. A través de la competencia se establece una "rivalidad" entre
productores. Los productores buscan acaparar la mayor cantida de
consumidores para sí. Para conseguir esto, utilizan estrategias de
reducción de precios, mejoramiento de la calidad, etc., siendo esta la
forma en que la competencia crea un cierto control que evita el abuso
por parte de alguna de las partes.
El capitalismo se basa en una economía en la cual el mercado predomina.
En éste se llevan a cabo las transacciones económicas entre personas,
empresas y organizaciones que ofrecen productos y las que los demandan.
El mercado, por medio de las leyes de la oferta y la demanda, regula los
precios según los cuales se intercambian los bienes y servicios, permite
la asignación de recursos y garantiza la distribución de la renta entre
los individuos.
Cada uno de los actores del mercado actúa según su propio interés; por
ejemplo, el capitalista, quien posee los recursos y el capital, busca la
maximización del beneficio propio por medio de la acumulación y
reproducción de los recursos, del capital; los trabajadores, quienes
trabajan por la recompensa material que reciben (el salario) y, por
último, los consumidores, quienes buscan obtener la mayor satisfacción o
utilidad adquiriendo lo que quieren y necesitan al menor precio posible.
Los más acérrimos defensores de este sistema económico son los
neoliberales, que sostienen que el gobierno en una economía capitalista
debe reducirse a su mínima expresión. Sólo se encargaría del
ordenamiento jurídico que garantice ciertas libertades civiles, el
control de la seguridad interna por medio de las fuerzas armadas en
conjunto con la policía, y la implantación de políticas indispensables
para el funcionamiento de los mercados y el respeto de la propiedad
privada. Su presencia en la economía perturbaría el funcionamiento de
ésta.
Existen otras tendencias dentro del pensamiento económico que asignan al
estado funciones diferentes. Por ejemplo los que adscriben a lo
sostenido por John Maynard Keynes, según el estado puede intervenir para
incrementar la demanda efectiva evitando las crisis cíclicas. También se
puede mencionar a los politólogos que dan al estado y a otras
instituciones un rol importante en controlar las deficiencias del
mercado (una línea de pensamiento en este sentido es el
neoinstitucionalismo
3. LIBERALISMO
El liberalismo es una corriente de pensamiento en lo filosófico, social,
económico y de acción política, que promueve las libertades individuales
y el límite máximo del poder coactivo de los gobiernos sobre los seres
humanos. Aboga principalmente por:
• El desarrollo de la libertad individual y, a partir de ésta, por el
progreso de la sociedad; y,
• El establecimiento de un Estado de Derecho, en el que todos los seres
humanos –incluyendo aquéllos que en cada momento formen parte del
Gobierno– estén sometidos al mismo marco mínimo de leyes.
4. NEOLIBERALISMO
Se llama neoliberalismo a ciertas propuestas de política económica de
diversos economistas (o escuelas de economía), políticos o personajes de
la cultura en general. Las dos ideas que principalmente se llaman así
son:
• En cuestión de política económica internacional, el favorecimiento del
libre comercio y la supresión de las fronteras del capital.
• En cuestiones de política económica interna, el apoyo de la
desregularización de los mercados (incluido el laboral) y de una menor
intervención del Estado en la economía (incluyendo la privatización de
empresas públicas).
El neoliberalismo así definido está impulsado principalmente por la
Organización Mundial del Comercio y el Fondo Monetario Internacional.
Expone como economía-modelo (salvo en cuestiones de libre comercio) a la
economía estadounidense y, en Latinoamérica, suelen identificarse sus
políticas con el nombre de Consenso de Washington, término acuñado en un
documento de 1989 por el economista John Williamson para referirse
precisamente al tipo de políticas fiscales y monetarios recomendadas por
los organismos de Washington (Banco Mundial, Fondo Monetario
Internacional y el Tesoro entre otros) para los países en desarrollo.
El término es frecuentemente motivo de discusión ya que la mayoría de
los que son calificados desde el progresismo como neoliberales se
consideran a sí mismos como liberales. Básicamente significa nuevos
liberales y nace de la necesidad de diferenciar entre los liberales
clásicos de los surgidos tras la segunda guerra mundial cuando la
confrontación en el nuevo mundo bipolar lleva a algunos liberales a
extremar su ideología como contraposición al comunismo soviético. Esto
es, de hecho, el liberalismo austríaco que es en realidad el tipo de
liberalismo de nuevo cuño al que se refieren con el prefijo "neo-". La
bonanza económica estadounidense de esos años en parte debida a los
grandes dividendos que les aportó la guerra permite que el liberalismo
recupere el prestigio perdido durante el periodo de entreguerras. La
nueva corriente liberal surgida de la escuela austríaca es duramente
criticada por la izquierda y desde dichos sectores se le acusa de ser
mucho más fundamentalista que sus predecesores. A continuación se citan
las principales características que les diferencian y definen a ojos de
los que así les denominan.
5. MARXISMO
El marxismo es el conjunto de doctrinas políticas y filosóficas
derivadas de la obra de Karl Marx, filósofo, economista, periodista y
revolucionario del siglo XIX y de su amigo Friedrich Engels. Marx y
Engels se basaron en la filosofía de Hegel y de Feuerbach, ambos
alemanes, la economía política de Adam Smith, la economía ricardiana y
el socialismo francés del siglo XIX para desarrollar una crítica de la
sociedad que es tanto científica como revolucionaria. Esta crítica
alcanzó su expresión más sistemática en su obra más importante, El
capital: crítica de la economía política.
6. SOCIALISMO.
El socialismo es una ideología política basada en el principio de que
una sociedad debe existir de tal manera que el colectivo popular tenga
el control del poder político, y por lo tanto, de los medios de
producción. Sin embargo, en la práctica el significado de facto del
socialismo ha ido cambiando con el transcurso del tiempo. Aunque es un
término político bastante cargado, permanece fuertemente vinculado con
el establecimiento de una clase trabajadora organizada, creada ya sea
mediante revolución o evolución social, con el propósito de construir
una sociedad sin clases. También se ha enfocado últimamente a las
reformas sociales de las democracias modernas. El concepto y término
socialista se refieren a un grupo de ideologías, un sistema económico o
un estado que existe o existió.
En la teoría moderna del socialismo democrático, se aspira a llegar a
una sociedad democrática que sea la columna vertebral de un Estado de
bienestar.
7. COMUNISMO.
El comunismo es un sistema teórico de organización social y un
movimiento político. Basados en la propiedad colectiva de los medios de
producción. Como movimiento político, el comunismo aspira a establecer
una sociedad sin clases. El comunismo es una fuerza política importante
desde los inicios del siglo XX, generalmente asociada con las ideas
marxistas, aunque hay escuelas políticas no marxistas que también se
consideran comunistas.
3.2.2. ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD
3.2.2.1. FORMAS DE ORGANIZACIÓN SOCIAL:
El hombre es un ser eminentemente social, de ahí que siempre se ha
reunido con sus semejantes con el objeto de formar grupos, comunidades y
sociedades y con ello poder satisfacer sus necesidades. Las sociedades
se transforman y se desarrollan, constituyendo la vida social y creando
diversas formas de organización socioeconómica.
Dentro de las formas de organización tenemos:
a. La familia: siempre ha sido la base de la sociedad, a través de la
historia existieron diversas formas de organización familiar como el
matriarcado, la familia punalúa, la familia sindiásmica, el patriarcado
y la familia.
b. Comunidad primitiva: nace con la aparición del hombre en la tierra y
su desarrollo conforma diferentes formas de organización social:
La horda: es la forma más simple de la sociedad, son nómadas, no se
distingue la paternidad, son un grupo muy reducido.
El clan: son exogámicos, eligen su pareja.
La tribu: comprenden un gran número de aldeas y se caracteriza por la
posesión de un territorio determinado, un dialecto definido, una cultura
homogénea y una organización política definida.
c. El esclavismo: es un sistema de explotación del hombre. Las culturas
más predominantes son: egipcia, mesopotámica, hindú, china, fenicia,
griega, romana y hebrea. Su principal característica es el predominio de
la propiedad individual, se desarrolla la agricultura, se encuentra una
sociedad claramente estructurada en clases sociales.
d. El feudalismo: régimen de la edad media, donde se desarrollan grandes
extensiones de tierras, se da una producción de autoconsumo, las clases
sociales se estratifican de forma piramidal, se da un profundo dominio
de la iglesia.
e. El capitalismo: tiene su origen en un periodo mercantil
precapitalista su importancia se da en el intercambio de mercancía y la
acumulación de riquezas. El trabajo es libre, se facilita el intercambio
de mercancía, se propugna por la libre competencia, se desarrolla una
dependencia económica y tecnológica entre los países.
f. Socialismo: es una forma de organización que se caracteriza, porque
los medios de producción son propiedad colectiva y su economía es
centralmente planificada en forma importante a la seguridad social.
Esta forma de analizar la evolución de la sociedad, es principalmente
desde el punto de vista económico, y corresponde a Marx y Engels que
basados en la teoría de Morgan, explican la evolución de la sociedad
humana a través de un proceso dialéctico [14] de lucha de clases que va
desde la comunidad primitiva (socialismo primitivo), hasta la sociedad
comunista, pasando sucesivamente por la sociedad esclavista, la sociedad
feudal, la sociedad capitalista y la sociedad socialista.
3.2.2.2. PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD
Las sociedades avanzadas se orientan a que el Estado inicie procesos
complementarios de participación de la sociedad (ciudadanía) en la toma
de decisiones de sus gobernantes, ya sea para ratificarlas o para
rechazarlas, entre estas tenemos el referéndum y el plebiscito.
Para que el Estado pueda cumplir con el objetivo de procurar el
bienestar y mandato del pueblo, realiza una serie de actividades a
través de sus distintos órganos con base en planes, programas y
proyectos que sirven como parámetros para su trabajo y desempeño.
Serra (2004)[15], dice que la actividad del Estado se origina en el
conjunto de operaciones, tareas y facultades jurídicas materiales y
técnicas para actuar, y que le corresponden como persona jurídica de
Derecho público y que realiza por medio de los órganos que integran la
Administración Pública. Las estrategias del Estado deben encaminarse a
la consecución del bien común, la interpretación y aplicación correcta
del interés general, la obediencia del mandato popular y el logro del
equilibrio y la armonía de toda la población.
El Estado, dice Serra (2004), no debe tener otras estrategias que las
que beneficien integralmente a la sociedad.
Según Castillo (2005)[16], la sociedad humana no siempre ha sido la
misma, sino que ha estado y está en constante evolución y ha pasado,
históricamente hablando, desde dimensiones (tamaños) pequeños y formas
organizativas simples hasta dimensiones más grandes y con grados
complejos de organización interna. Así la expresión actual de la
sociedad humana no es la misma que en los orígenes de la humanidad y es
evidente que en el futuro asumirá nuevas formas y contenidos.
De las sociedades primitivas a la formación del Estado, creemos que es
posible afirmar que la mayoría de los historiadores, etnólogos,
arqueólogos y antropólogos están de acuerdo que más allá de las diversas
clasificaciones o combinaciones que se puedan hacer, las sociedades
humanas de cualquier parte del planeta han pasado, o están pasando, por
un proceso que va de la horda en los albores de la humanidad, hasta el
Estado – Nación como forma predominante de organización de la sociedad
actual, con una tendencia hacia el futuro mediante la creación de los
Estados – Continente, en vías a la conformación del Estado – Mundial.
En términos generales y en materia de evolución sociocultural se habla
genéricamente de dos tipos o clases de sociedades: las sociedades no
estatales que cronológicamente surgen primero y las sociedades
estatales, que surgen después, en etapas más avanzadas de la evolución
social y humana. A su vez cada tipo de sociedad pasa o puede pasar por
diversas formas. Una de las visiones mas aceptadas de este proceso de la
evolución social es el siguiente: Las sociedades no estatales surgieron
en los albores de la humanidad y subsisten en algunas regiones de
África, de América Latina y el Pacífico. Se caracterizan por que no
están suficientemente estructuradas, aún cuando si mantienen formas
primarias de cohesión social y de gobierno (de autoridad) y su
territorialidad es inestable, (generalmente son sociedades nómadas) ya
que sus formas de producción son generalmente la caza, la pesca y la
recolección de frutas y raíces. Es decir, generalmente son sociedades no
agrícolas. Todas estas sociedades tienen alguna forma de gobierno (es
decir, modos de organizar internamente sus asuntos sociales), pero no
todas ellas realizan esa función, mediante la forma de gobierno que es
el Estado.
Las sociedades estatales son aquellas formas de agrupación humana que
además de una organización económica y social, poseen un territorio y
una forma de gobierno (de autoridad) más complejas y estructuradas.
Cualquiera que sea la hipótesis de la que se parta, podemos afirmar que,
de los diversos tipos de Estado antes mencionados, muchos de ellos han
desaparecido por ejemplo las ciudades- Estado que existieron durante la
historia antigua y durante el periodo renacentista. Estos Estados eran,
en términos de tamaño y población, pequeños en comparación con los
imperios persa, romano o chino y se establecieron en torno a una ciudad,
como en el caso de Ur de Caldea, de Atenas en la Grecia antigua, o de
Venecia durante el medioevo y el renacimiento.
El Estado no aparece más que en sociedades y economías grandes y
complejas. En todas las sociedades humanas, el gobierno y la política
son instrumentos para mantener el orden interno y atender la defensa
contra el exterior y asimismo, son un medio para simbolizar ante sí
mismos y ante los demás la unidad del pueblo. El Estado cumple todas
esas funciones igual que las cumplen las sociedades sin Estado, pero el
Estado actúa también en nombre propio y procura consolidar su soberanía
identificándose con la sociedad cuyos destinos rige. El Estado no es una
cosa independiente, sino la institución de una sociedad en la que el
poder político está concentrado y monopolizado.
Según Bobbio (2004)[17], la sociedad civil comprende la esfera de las
relaciones sociales que no está regulada por el Estado. La sociedad
civil se configura como el ámbito de las necesidades individuales, un
ámbito intermedio entre la familia y la sociedad política, en el que
surgen y se desarrollan los conflictos económicos, sociales, ideológicos
y religiosos que por otra parte, las instituciones tienen la misión de
resolver, ya sea mediando entre ellos, previniéndolos o reprimiéndolos.
Es decir un ámbito, un escenario de disputa de la hegemonía, antes que
personas individuales o jurídicas. Esta es, sin duda, una definición que
permite entender porque la abstracción[18] de sociedad civil como si se
tratase de un todo único y homogéneo impide ver las diferencias sociales
y se puede utilizar muy fácilmente para ocultar las distancias entre
pueblo y oligarquía, entre izquierda y derecha, entre defensores del
país y los que se someten a los designios del imperialismo. Y esto
explica por que, en ese todo falsamente homogéneo, es cada vez más
visible que hay Organizaciones No gubernamentales (ONGs) que disputan
espacios y posiciones ideológicas, que mientras unas sirven a los
intereses de los de abajo, otras se acomodan a los intereses de los de
arriba.
Por otro lado, en los últimos tiempos el Banco Mundial, el Fondo
Monetario Internacional y el Banco Interamericano de Desarrollo han
insistido en que se fortalezca la participación de la sociedad civil.
Pero estas entidades no necesariamente están interesados en la sociedad
civil, si no en debilitar a los Estados nacionales.
Según Isch[19], estos organismos financieros fomentaron el crecimiento
del número de Organizaciones No Gubernamentales bajo el concepto de que
el sector privado estaba en condiciones de hacer mejor las cosas que el
Estado, de manera que los préstamos forzosamente incluían la
tercerización de las tareas. Con su discurso y sus propuestas, el Banco
Mundial y el Fondo Monetario Internacional hicieron que buena parte de
los mejores funcionarios ministeriales, formados por el Estado vendieran
sus renuncias y crearan más Organizaciones No gubernamentales,
demostrando que si eran capaces de hacer las cosas.
De este modo los ministerios, se debilitaron no solo por el desinterés
del Estado de las clases dominantes, de brindar calidad de servicios a
los pobres, sino también por este virtual desmantelamiento de sus
instancias. Con lo dicho no queremos de ninguna manera desvalorizar a
las Organizaciones No gubernamentales ni plantear que todas fueran parte
de un plan maquiavélico de los Bancos multilaterales, si no que deseamos
establecer que no puede ser utilizadas para condenar al Estado, para en
unos casos reemplazarlos y convertirlo en aparatos paraestatales.
Por otra parte, es necesario asumir que las Organizaciones No
Gubernamentales no son todas las organizaciones que representan la
sociedad civil y plantear lo contrario es un reduccionismo que en
ocasiones lleva a que una Organización No Gubernamental aislada se
autodefina como movimiento social o representante del conjunto de la
sociedad civil.
3.3. INTERVENCION DEL ESTADO EN LA ECONOMIA Y LA SOCIEDAD.
Según Beaumont (1996)[20], en la época moderna los Estados han mostrado
mayor o menor interés en intervenir en el proceso económico de acuerdo
con el modelo económico que llevaban a cabo.
Según Solari (1996)[21], la intervención del Estado en el sistema
económico se ha dado desde siempre. La antigua Grecia, los Imperios
Romano y Bizantino tenían un Estado interventor, lo mismo en la Edad
Media, etc., En un principio simples motivos políticos y militares
llevaron a los gobiernos a participar en la producción (fábricas de
armas por ejemplo) e intentar controlar las actividades comerciales. La
época mercantilista se caracterizó precisamente por el excesivo
intervensionismo estatal, denunciado posteriormente por los economistas
clásicos.
La economía clásica y los fisiócratas pugnaron por el laissez faire que
implica la nula intervención del Estado en los asuntos económicos, salvo
los aspectos necesarios para la subsistencias de la sociedad, como era
para asegurar la paz exterior e interior y la garantía de la propiedad.
A pesar de la propuesta de los clásicos, el Estado tuvo que intervenir
en varios aspectos de la economía en el siglo XIX. Debido al impacto de
la industrialización, los gobiernos (el inglés en primer lugar) tuvieron
que intervenir para paliar las pésimas condiciones de trabajo de la
clase obrera; la factory reform inglesa de la década de 1830 y 1840
limitó el empleo de los niños y las horas de trabajo diario y reguló el
empleo de las mujeres, al tiempo que nombró inspectores de fábricas.
Con el surgimiento del estado de Bienestar, la intervención estatal se
amplió considerablemente al campo de los seguros sociales y a la
intervención en el mercado de trabajo.
Pero fue a partir de la depresión de 1929 y de la Segunda Guerra Mundial
cuando la intervención estatal se amplió de forma importante. El
intervensionismo en las épocas de guerra y de depresión económica amplió
las funciones del Estado y aumentó el gasto público y aunque tras la
vuelta a la paz algunos gastos se redujeron, nunca retornaban a su nivel
previo.
En el periodo de entre guerras surgieron los controles del comercio
exterior y las intervenciones en los mercados de divisas. En ese mismo
periodo se difundió la teoría keynesiana que proponía la intervención
del Estado en la economía, a través de la política fiscal y la política
monetaria, para evitar la crisis de desempleo. Por último, en el periodo
posbélico se difundió la participación activa en pos del desarrollo
económico.
La provisión por el Estado de servicios y bienes públicos tiene una
larga historia, sin embargo, es solamente después de la Segunda Guerra
Mundial cuando se generaliza en Europa la convicción de que es el Estado
el sujeto económico que debe impulsar el crecimiento económico. De este
modo, durante los años sesenta y setentas se generó un protagonismo
creciente del Estado en las actividades industriales de los principales
países europeos, surgieron así las primeras manifestaciones de las
"economías mixtas de mercado" que suponían que más del 16.5 % del PBI
(Producto Bruto Interno) era generado por el Estado en la Europa de los
setentas.
El Estado, como representante oficial de la sociedad capitalista, tiene
que hacerse cargo del mando de la producción, pero básicamente de la
administración de la industria y de todas las ramas de la producción
para que esta ya no perteneciera a unos u otros individuos en
competencia, sino por el contrario, estas ramas de la producción
pasarían a manos de toda la sociedad, con arreglo a un plan general y
con la participación de todos los miembros de la sociedad. Engels,
advertía una tendencia hacia la rectoría del Estado sobre la economía
nacional, como algo inevitable, una transición obligada hacia una forma
de capitalismo de Estado.
La presencia económica y social de un aparato burocrático, fuerte,
centralizado y social es un elemento constitutivo básico en la
modernización capitalista, cuyas políticas estatales han afectado los
mecanismos, modalidades y tasas de acumulación de capital, y los
mecanismos de distribución de los frutos del progreso técnico contenido
en la industria.
CAUSAS DE LA INTERVENCIÓN ESTATAL:
1. A lo largo del proceso de consolidación del capitalismo, ocurrió una
transición compleja y con cambios profundos: la universalización del
intercambio mercantil de mercancías, tierra, trabajo y capital; la
formación y organización de estos mercados necesitaban de un fuerte
apuntalamiento normativo para funcionar en forma adecuada. Es así como
surge la organización estatal como el centro de gravedad de la
remodelación de las nuevas relaciones entre las clases y los grupos
sociales.
2. Organización y comportamiento del mercado: el mercado es una suma de
racionalidades individuales no preocupadas por enfrentar los problemas
de conjunto y de largo plazo del sistema. Desde la perspectiva del
sistema es importante la rentabilidad, pero sobre todo crear las
condiciones que la estabilicen a través de la construcción de
infraestructura básica y de la producción de bienes públicos; de ahí la
necesidad del Estado. El mercado no deja de tener su carácter atomizado
en la toma de decisiones, menos aún cuando las estructuras oligopólicas
son dominantes y sus decisiones no garantizan una estrategia adecuada a
las necesidades de la industrialización. En estas condiciones, se
requiere de una instancia dotada de capacidad para organizar como un
"actor colectivo" el sistema de relaciones económicas.
3. Distribución de los frutos del progreso técnico: en este aspecto la
necesidad del Estado es significativa si consideramos la tendencia
inherente a la concentración social y territorial de la riqueza. Los
mecanismos por si solos acentúan la desigualdad y por ello requieren de
intervenciones normativas que contrarresten esas tendencias que pueden
hacer peligrar la continuidad del desarrollo.
Objetivos
La intervención del Estado puede ser orientativa, en el sentido que
incentiva a la economía privada, para que ésta realice determinadas
acciones. La acción del sector público sobre la economía puede tomar la
forma de regulación de los distintos procesos económicos, mediante la
actividad legislativa conforme el marco institucional dentro del que se
desarrolla la producción, el comercio y las finanzas o mediante la
manipulación y control de las variables económicas significativas que
guían la iniciativa privada, a través de la política fiscal, monetaria o
comercial. Así mismo, la intervención estatal puede realizarse a través
de la intervención directa del sector público en la actividad económica.