Conocer la legislación aplicable para todos lo regímenes de Personas Morales, así como los procesos requeridos para elaborar los papeles de trabajo y llenar adecuadamente el programa DEMM del SAT.
Cada año, en marzo vence la obligación de los contribuyentes Personas Morales de presentar una Declaración Anual por las operaciones efectuadas en el 2006.
Veremos las consideraciones mas importantes.
OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES
• Llevar contabilidad de acuerdo con el CFF.(Sistemas y Registros
Contables y los asientos serán analíticos)
• Expedir comprobantes con requisitos del artículo 29-A del CFF (y la
leyenda Cobrado en una sola exhibición o en parcialidades)
• Expedir constancias por pagos a residentes en el extranjero.
• Presentar las declaraciones de Clientes y Proveedores cuyos montos
sean de $ 50,000 en adelante, a más tardar el 15 de febrero de cada año.
(Prórroga 28 de febrero 2007)
• Determinar los Ingresos Acumulables y las Deducciones Autorizadas
cuando se celebren operaciones con Partes Relacionadas aplicando
cualquier método del artículo 216 LISR
• Presentar declaración anual donde se determine el Resultado Fiscal y
la Renta Gravable para PTU (De Enero a Marzo de 2007).
• Formular Estados Financieros y levantar Inventario físico de
mercancías al 31 de diciembre de 2006.
• Expedir constancia por pago de dividendos y efectuar los pagos con
cheque nominativo no negociable a favor del accionista.
• Llevar un registro específico de las inversiones a las cuales se les
aplico la Deducción Inmediata del artículo 220 LISR.
• Llevar un Control de Inventarios de Mercancías, Materias Primas,
Productos en Proceso y Productos Terminados, conforme al sistema de
INVENTARIOS PERPETUOS.
Anexos a Presentar del DIM
1) Sueldos y Salarios, Asimilados y CAS.
2) Pagos y Retenciones de ISR, IVA e IESPYS.
3) Donativos.
4) Residentes en el Extranjero.
5) Regímenes Fiscales Preferentes.
6) Empresas Integradoras, Información de sus Integradas.
7) Régimen de Pequeños Contribuyentes.
8) Información sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
9) Información de Operaciones con Partes Relacionadas Residentes en el
Extranjero.
Requisitos de las Deducciones Respecto de las Declaraciones Informativas
• Tratándose de Declaraciones Informativas a que se refiere el artículo
86 LISR, éstas se deberán presentar en los plazos que al efecto
establece dicho artículo y contar a partir de esa fecha con la
documentación comprobatoria correspondiente.
• Además la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un
gasto deducible deberá corresponder al ejercicio en que se efectúe la
deducción.
Datos Mínimos Necesarios para Presentar la Declaración Anual de PM
-Estado de Posición Financiera (Balance General)
-Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias)
-Conciliación Contable Fiscal.
-Pagos Provisionales de ISR e Impac
-Papeles de Trabajo
1) Deducción de Inversiones.
2) Ajuste Anual por Inflación.
3) Pérdidas Fiscales.
4) Determinación de la CUCA y CUFIN.
5) Determinación del Impac.
6) Aplicación B-10 y D-4
-Obtener programa Informático DEM
-Contar con la FEA
ATORÓN TECNOLÓGICO FRENA PLANES DEL SAT
… La Solución Integral del Servicio de Administración Tributaria (SAT),
originalmente prevista por 6 meses, podría alargarse todo el año, lo que
afectará los planes de incrementar la recaudación.
…. Esperaban captar entre 15 mil millones y 20 mil millones de pesos
adicionales de impuestos en este año
Prórroga Indefinida de la Plataforma del SAT
La presentación de declaraciones normales, complementarias,
extemporáneas o de corrección fiscal de pagos provisionales o
definitivos se podrá llevar a cabo conforme al procedimiento establecido
en los capítulos 2.14, 2.15, y 2.16. y demás disposiciones vigentes
hasta el 30 de noviembre de 2006.
Exención del Impacto
Los beneficiarios del Estímulo Fiscal, serán los contribuyentes Personas
Físicas y Morales cuyos ingresos totales en el ejercicio fiscal 2006,
derivados de Actividades Empresariales y por el Otorgamiento del Uso o
Goce Temporal de bienes que se utilicen en las actividades de otro
contribuyente del Impuesto al Activo, no hubieran excedido de Cuatro
Millones de Pesos.
Los contribuyentes a que se refiere el decreto DEBERÁN cumplir con las
obligaciones formales previstas en la LIA, debiendo calcular en la
Declaración del Ejercicio el Impac que les hubiera correspondido en el
mismo ejercicio de no haber estado exceptuados del pago, Anotando “CERO”
en el Renglón a pagar.
Deducción de Combustible
1) Deducción de Combustible a partir del 1º de Diciembre de 2005
2) Pago con:
Cheque Nominativo
Tarjeta de Crédito
Tarjeta de Débito
Monederos Electrónicos
Traspasos Bancarios
3) Aún cuando el consumo sea menor de $ 2,000.00
4) Se puede pagar en efectivo, siempre y cuando se presente información
a la autoridad, manifestando cuales fueron las razones.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) Acordó con la Cámara
de Diputados hacer DEDUCIBLE DE IMPUESTOS el PAGO EN EFECTIVO, por el
CONSUMO DE GASOLINA, el cual se aplicará para la declaración Fiscal de
2006, que debe presentarse a mas tardar en el mes de marzo en el caso de
Empresas…
… La Deducibilidad de la Gasolina, de forma retroactiva para el
ejercicio 2006, todas las personas físicas y morales que hayan pagado
con efectivo este combustible y que necesiten deducir lo podrán hacer.
… Por todo 2007 será Deducible y Retroactivo al 2006.
Ejercicio 2006 , Deducción de Gasolina pagada en efectivo, si se
presenta declaración COMPLEMENTARIA del DIMM (Clientes y Proveedores) a
más tardar en la fecha en que se tenga que presentar declaración anual
de 2006, relacionando cada proveedor de combustible independientemente
el monto.
Ejercicio 2007, Deducción de Gasolina pagada en efectivo, si se
relaciona en la Declaración de Terceros, los Proveedores de combustible.
Ejercicio 2008, Deducción de Gasolina Pagada en efectivo, para contribuyentes que en el 2006, no hubieran excedido de un monto de ingresos de $ 4,000,000.00, siempre que el consumo de gasolina pagada en efectivo no exceda del 30% del consumo total por este producto.
Nuevos Formatos
- FU “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”.
(Formatos Dinámicos)
- RU “Formato Único de Solicitud de Inscripción y Avisos al Registro
Federal de Contribuyentes” (Sustituye los Formatos R-1 y R-2)
- RX “Formato de Avisos de Liquidación, Fusión , Escisión y Cancelación
al Registro Federal de Contribuyentes”
DECLARACIÓN ANUAL DE PM
1) Contar con el Java
2) Versión 1.3.3
3) Formato 18.
4) Declaración anual para ejercicios 2002,2003,2004,2005, y 2006
5) Incluyendo empresas que entren en liquidación durante 2007.
6) Descargar archivo:
Directorio C:dem_07/Dem
6) Tareas Adicionales > Crear Icono en el Escritorio
7) Archivo dem_07.exe
PASOS PARA PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL DE PM
1) Descargar DEM (Documentos Electrónicos Múltiples)
2) Captura Información.
3) Generar archivo para envío de Información.
4) Enviar Declaración Anual (FEA)
5) El SAT envía acuse de recibo.
6) Saldo a Cargo enterarlo en el portal del Banco
SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL DE PM
A) PM Régimen General de Ley RESIDENTES EN MÉXICO Por todos sus Ingresos
Independientemente de la Fuente de Riqueza de donde Procedan (Doble
Tributación) (Art. 1 y 6 LISR)
B) PM Régimen General de Ley RESIDENTES EN EL EXTRANJERO por sus
Ingresos Atribuibles (Art. 1 y 4 LISR)
C) PM NO CONTRIBUYENTES, cuando vendan Bienes distintos de su Activo
fijo o Presten Servicios a Personas distintas de sus Miembros (Art. 93
LISR)
D) PM RÉGIMEN SIMPLIFICADO
E) PM SUJETOS AL RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN FISCAL
PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL DE PM
REGLA GENERAL ENERO MARZO DE 2007 (Límite día 2 de Abril de 2007)
• PM RÉGIMEN SIMPLIFICADO ( Abril de 2007, cuando sus integrantes sean
PF, Art. 81-II Último Párrafo LISR)
• PM SUJETOS AL RÉGIMEN DE CONSOLIDACIÓN FISCAL
(Dentro de los Cuatro Meses siguientes al cierre del ejercicio, Abril de
2007, Art. 72-II LISR)
IMPUESTOS A DECLARAR EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE PM
• IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR).
• IMPUESTO AL ACTIVO (Impac)
Nota: La información presentada en la Declaración Anual se manifiesta bajo protesta de decir verdad que los Datos Asentados SON CIERTOS
INGRESOS ACUMULABLES
(PM Residentes en México)
1) Efectivo
2) Bienes
3) Crédito
4) Servicios
5) Provenientes del Extranjero
6) Ajuste Anual por Inflación Acumulable (Art. 46 LISR)
7) Cualquier Otro (Inventario Acumulable)
NO SE CONSIDERAN INGRESOS
1) Aumento de Capital
2) Pago de Pérdida por sus Accionistas
3) Primas obtenidas por colocación de Acciones
4) Valuación de Acciones por el método de Participación (B-8)
5) Revaluación de activos y Capital (B-10)
6) Dividendos o utilidades que perciban de otras PM Residentes en México
(Incrementa base de PTU)
MOMENTO DE ACUMULACIÓN DE LOS INGRESOS
1) ENAJENACIÓN DE BIENES:
a) Se expida el comprobante que ampare el precio o la
contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien.
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la
contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
d)
2) PRESTACIÓN DE SERVICIOS INDEPENDIENTES
Tratándose de los ingresos por la prestación de servicios personales
independientes que obtengan las sociedades o asociaciones civiles y de
ingreso por suministro de agua potable para uso doméstico o recolección
de basura doméstica que obtengan los organismos descentralizados
Los permisionarios, los concesionarios o empresas autorizadas para
recibir dichos servicios, se considera que los mismos se obtienen en el
momento en que se cobre el precio o la contraprestación pactada.
3) OTORGAMIENTO DE USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES.
Cuando se cobren total o parcialmente las contraprestaciones , o cuando estas sean exigibles a favor de quién efectúe dicho otorgamiento, o se expida el comprobante de pago que ampare el precio o la contraprestación pactada. Lo que suceda primero.
DEDUCCIÓN DE GASTOS EFECTIVAMENTE EROGADOS
- Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, PM del Régimen Simplificado, así como de donativos, éstos solo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Solo se considerarán efectivamente erogados cuando se hayan pagado en efectivo, en cheque girado contra la cuenta del contribuyente, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa.
DEDUCCIÓN POR PAGOS a SC y AC
- TRATANDOSE DE PAGOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES QUE OBTENGAN LAS SOCIEDADES O ASOCIACIONES CIVILES Y DE PAGOS POR EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE, SERÁN DEDUCIBLES EN EL EJERCICIO EN QUE SEAN EFECTIVAMENTE EROGADOS.
GASTOS NO DEDUCIBLES
CONDICIONADOS
• Provisión de Pagos a PF:
a) S y S
b) Honorarios
c) Arrendamiento
d) Actividades Empresariales
• Donativos provisionados, no pagados
• Provisión de Pagos a SC
GASTOS NO DEDUCIBLES
PUROS O PERMANENTES
• La Actualización de Contribuciones
• El ISR a Cargo del Contribuyente o de Terceros
• El Crédito al Salario
• El Impac
• El 75% por Consumo en Restaurante
• Los Gastos de Representación
• La cantidad que exceda del promedio aritmético por Previsión Social,
• Excepto que el ISR lo cubra la PM
• El Crédito Comercial
• PTU
• Gastos que no reúnen requisitos fiscales
• Multas
REQUISITOS PARA DEDUCIR LOS GASTOS DE PREVISIÓN SOCIAL
• QUE CUANDO SE TRATE DE GASTOS DE PREVISIÓN SOCIAL, LAS PRESTACIONES
CORRESPONDIENTES SE OTORGUEN EN FORMA GENERAL EN BENEFICIO DE TODOS LOS
TRABAJADORES.
• PARA QUE LOS GASTOS DE PREVISIÓN SOCIAL DE TRABAJADORES NO
SINDICALIZADOS SEAN DEDUCIBLES, ESTOS TIENEN QUE SER EN “PROMEDIO
ARITMÉTICO” PARA CADA TRABAJADOR NO SINDICALIZADO EN UN MONTO IGUAL O
MENOR QUE LAS EROGACIONES A LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS. SIN
CONSIDERAR PRIMAS DE SEGUROS DE VIDA Y DE GASTOS MÉDICOS Y LAS
APORTACIONES A LOS FONDOS DE AHORRO, Y LOS FONDOS DE PENSIONES Y
JUBILACIONES.
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REGLAS APLICABLES A LA DEPRECIACIÓN
El activo fijo está formado por bienes tangibles que han sido adquiridos
o construidos para usarlos en el giro de la empresa, durante un período
considerable de tiempo y sin el propósito de venderlos.
La depreciación es un procedimiento de contabilidad que tiene como fin
distribuir de una manera sistemática y razonable el costo de los activos
fijos tangibles, menos su valor de desecho (si lo tienen), entre la vida
útil estimada de la unidad. Por lo tanto la depreciación contable es un
proceso de distribución y no de valuación.
DEPRECIACIÓN DE INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO
Depreciación es la distribución del importe depreciable de un activo
durante su vida útil estimada. La depreciación en el período contable se
carga a resultados ya sea directa o indirectamente
Activos depreciables son los que:
1. Se espera que serán usados durante más de un periodo
2. Tienen una vida útil limitada
3. Los posee una empresa para usarlos en la producción o prestación de
bienes y servicios, para arrendarlos a otros o para fines
administrativos
Porcentajes para la Deducción de Activos Fijos
Deducción al 100% de las Inversiones en Maquinaria y Equipo para la
Generación de Energía de Fuentes Renovables
- Se consideran Fuentes renovables para la generación de energía, el sol
(solar), el aire (eólica), los ríos (hidráulica), y lagos, así como los
océanos, por lo que la maquinaria y equipo que produzca energía a partir
de estas fuentes, será deducible al 100%. Por lo que la maquinaria debe
estar en operación y funcionamiento por 5 años mínimo, salvo pérdida por
caso fortuito o fuerza mayor.
Deducción al 100% de Adaptaciones para Discapacitados
Se deducirán al 100% las adaptaciones que se realicen a instalaciones
que impliquen adiciones o mejoras al activo fijo, siempre que dichas
adaptaciones tengan como finalidad facilitar a las personas con
capacidades diferentes el acceso y uso de las instalaciones del
contribuyente
Determinación de Ingresos Acumulables y Deducciones Autorizadas por
Operaciones con Partes Relacionadas
Nota: Es probable que en esta página web no aparezcan todos los elementos del presente documento. Para tenerlo completo y en su formato original recomendamos descargarlo desde el menú en la parte superior
El 1º de junio del 2000 en un evento excepcional en el Museo de San Carlos se llevó a cabo el lanzamiento de Impuestum.com, primer portal de alto tráfico dedicado a los impuestos mexicanos. La respuesta no se hizo esperar, miles de usuarios de todo el país y mexicanos en el extranjero acudieron a hacer consultas, a ver las noticias diarias, a hacer los cálculos de sus impuestos o a conocer contadores de diferentes ciudades del país. La comunidad de usuarios de Impuestum es quien ha dado una de sus fortalezas al portal. Usuarios que asesoran de forma gratuita a otros, que envían colaboraciones para ser publicadas, que participan en cursos de capacitación y universidades que usan el portal como referencia para sus trabajos e investigaciones han hecho que Impuestum sea una visita obligada en este complejo tema. La relación estratégica de Impuestum con empresas líderes en sus áreas ha llevado un mensaje de apoyo a quienes los visitan con dudas fiscales. Contenidos dinámicos, índices fiscales, un glosario, asesoría personalizada, explicaciones básicas y chats han permitido a Impuestum tener una ventana abierta desde: o Microsoft o Terra o América Online o T1MSN o Aspel o Revista Istmo o Grupo Editorial Expansión o Bumeran o Sección Amarilla Para mas información puedes escribir a eventoarrobaimpuestum.com
Mexico D.F. a 23 de Marzo de 2007
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