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Manual de procedimientos de las pérdidas, faltantes y sobrantes en investigación

Autor: Carlos Alberto Meneses Meneses

Auditoría y control interno

01-2007

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INTRODUCCIÓN
 
El presente manual se confeccionó teniendo en cuenta las Normas Cubanas de Contabilidad así como la legislación vigente relacionada con la temática, el mismo se estructuró de forma tal que en el mismo se analizan los aspectos relacionados con la confección y presentación de los expedientes y las operaciones contables que puedan presentarse.

El mismo consta de 8 capítulos subdivididos cada uno en dos secciones a saber: “Normas para la confección y presentación de los expedientes y ejemplos de contabilizaciones los capítulos en cuestión son:
 
En la confección, presentación y control de los expedientes se tendrá en cuenta lo siguiente:
 
1- El Expediente:

2-
¨ Se inicia al tenerse conocimiento del hecho.
¨ Se confecciona por área de responsabilidad.
¨ Se enumera consecutivamente dentro del universo de todos los emitidos por la entidad.
¨ Sus páginas se numerarán consecutivamente.
¨ Contendrá los documentos que se señalan en cada capítulo.
¨ Todos los documentos que lo conforman estarán firmados por el Directo de la Empresa.
¨ A los efectos de mantener un control sistemático de estos, se habilitará el “Registro Control de Expedientes de ajustes por faltantes y sobrantes y pérdidas.
3- La Entidad dispondrá de un término de 30 días a partir de la determinación del faltantes o sobrantes para efectuar las investigaciones correspondientes, conformar el expediente y presentarlo a la autoridad facultadas para su aprobación salvo en los casos de faltantes de escasa entidad en que se aplique el Decreto Ley 92/86 de la responsabilidad material que son resuelto en la empresa y por tanto no se envía a la autoridad facultada al igual que las muertes de animales.
4- Cuando se efectúa denuncia a los órganos de Orden Interior y esta es aceptada mediante documento firmado y acuñado no es necesario esperar la sentencia del Tribunal para cancelar el expediente de lo que se infiere que no se envían a la autoridad facultada para su aprobación, no procediendo en casos de faltantes de ganado mayor, que se rige por la Res/5/03 del MINAG.
5- La autoridad facultada una vez recibida los expedientes de ajustes y cancelaciones dispondrá de un término de 30 días para su análisis y aprobación.
6- Se enviarán solicitud de ajustes o cancelaciones a la autoridad facultada para aprobarlas en los siguientes casos:
¨ Denuncias no aceptadas por los órganos de Orden Interior, fundamentar porqué.
¨ Casos que siendo de escasa entidad no se aplicó la responsabilidad material.
¨ Perdidas en cosecha.
¨ Casos que exceden el límite de escasa entidad en que no se efectuó la denuncia.
¨ Cancelación de cuentas por cobrar y pagar.
¨ Sobrante de medios.
¨ Pérdidas por mermas y deterioros.
 
Estas solicitudes estarán lo suficientemente fundamentadas y precisadas las medidas disciplinarias aplicadas especificando, nombres y apellidos, cargos y medidas aplicadas si estas procedieran, de no aplicarse medidas explicar las causas.

6. Los expedientes se archivaran y conservarán por un periodo de 5 años.

7. Para atender tramitar y resolver los expedientes de ajustes por faltantes, sobrantes y cancelaciones y pérdidas en correspondencia a los establecidos se creará un grupo de trabajo que estará conformado de la forma siguiente.

Presidente -------------------Director.
Secretario------------------- Subdirector económico.
Miembros ------------------- Responsable del control de los medios, objetos de ajustes.
Miembros-------------------- Jefe de seguridad y protección.
Miembros-------------------- Auditor.

8. Cuando el expediente por sus características se resuelva en la empresa o sea que no se tramita con la Delegación Provincial o la Organización Superior su cancelación se aprueba por documento firmado por el director.

9. En los casos de faltantes que se originen por hechos delictivos en que se aceptaron la denuncia por los organismos de orden interior y se cancelaron los expedientes de acuerdo a las normas vigentes de ocurrir recuperaciones posteriores de estos importes, estas se tratarán como Ingresos de Años Anteriores de corresponder las cancelaciones a períodos anteriores o como créditos a Gastos por Faltantes de bienes de corresponder al período en que se registran éstas.

10. Cuando se tratan expedientes por pérdidas por desastres naturales se tendrá en cuenta lo siguiente:

¨ Si es por plagas y enfermedades: certificado de la Estación Territorial de Protección de Plantas.
¨ Si es por sequías intensas lluvias, ciclones, etc: Certificado de la Defensa Civil.
¨ Si es por negligencia: copia de la Resolución del Director con las medidas disciplinarias aplicadas o copia de la denuncia a los órganos de orden interior si es que procediera.
 
11. En las entidades que teniendo centralizadas las finanzas y no originarse pagos por las Unidades Empresariales de Base estas últimas transferirán a la empresa mediante la cuenta de Operaciones entre Dependencias las acumulaciones de:

Cuenta 440: Obligaciones con el presupuesto del estado.
Cuenta 496: Otras provisiones para inversiones.

12. En los casos que las muertes ocurran debido a brote de enfermedades u otras causas catalogadas de graves se requerirá en caso que intervenga la Dirección de Veterinaria, copia de las conclusiones a los efectos de la depuración de responsabilidad la que se adjuntará al expediente por muertes de animales.

13. En el caso de los deterioros debe añadirse un documento con el destino final que se le dio a las mercancías o productos, el que se emitirá por materias primas cuando proceda o acta de distribución cuando proceda.

14. Cuando se realicen ajustes por mermas estas estarán debidamente fundamentadas.
 
BIBLIOGRAFÍA:
 
¨ Resolución No 44/97 del Ministerio de Finanzas y Precios procedimiento a seguir en los casos de faltantes o sobrantes cancelaciones de cuentas por pagar y cobrar, etc.
¨ Resolución No 46/98 del Ministerio de la Agricultura niveles de autorización para la cancelación de los expedientes por faltantes, sobrantes y cancelaciones.
¨ Carta 15/12/00 de la Dirección Jurídica del MINAG respuesta a consultas sobre la resolución No 46/98 del ministerio de la agricultura.
¨ Resolución No 255/05 del MFP.
¨ Resolución No 54/05 del MFP.
¨ Resolución No 5/03 Ministerio de la Agricultura.
 
PERDIDAS POR MUERTES DE ANIMALES. CAPITULO I
 
Las pérdidas por muertes constituyen un rubro importante en las afectaciones económicas y por tanto requieren de un tratamiento adecuado a la hora de cancelar los expedientes que se conforman al efecto.

A tales efectos el expediente se conformará por área de responsabilidad, mantendrá una numeración consecutiva dentro del universo de todos los expedientes que se emitan por la empresa debiendo sus páginas numerarse consecutivamente y contener como mínimo los siguientes documentos:

a) Certificado Veterinario debidamente confeccionado agrupados por área de responsabilidad, probado por el Médico Empresarial.
b) Documento donde se exprese las causas y condiciones que dieron lugar a la muerte, la fijación de la responsabilidad material si procediera, especificando nombres y apellidos, cargo y medidas aplicadas, así como las medidas que se proponen para disminuir o eliminar las muertes. Este documento contendrá también el importe de las muertes y estará firmado por el subdirector de producción y servirá de solicitud al director de la empresa para que apruebe la cancelación del expediente.
c) Comprobante de operaciones, registrado el importe de las muertes de forma transitoria en la cuenta Pérdidas en Investigación subcuenta Muertes de Animales.
d) Resolución del Director aplicando la responsabilidad material en los casos que procediera.
e) Documento del Director aprobando la cancelación del expediente.
f) Comprobante de operaciones cancelando el expediente.
g) En el caso que las muertes ocurran debido a brotes de enfermedades y se crean los focos o debido a intoxicaciones se requerirá informe de la dirección provincial de veterinaria con las conclusiones.
h) Al dorso del certificado de veterinaria se expondrá el destino final que se le dio al animal.
 
Para el análisis de los expedientes se conformará un grupo de trabajo presidido por el Subdirector de Producción, Médico Veterinario y el Jefe de la Unidad donde ocurrieron las muertes así como otros especialistas que se consideren necesarios.
 
EJEMPLOS DE CONTABILIZACIONES 
 
PERDIDAS POR CANCELACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR. CAPITULO II
 
1. Por la cancelación de Cuentas por Cobrar por considerarse incobrables, se elaborara el correspondiente expediente por área de responsabilidad, numerado consecutivamente siguiendo el orden de los emitidos en la entidad y sus hojas deben estar numeradas consecutivamente.
2. El expediente que al efecto se confeccione contendrá los siguientes documentos.

- Nombre del cliente (copia de la factura)
- Gestiones realizadas para el cobro (letra de cambio proceso judicial).
- Acta de conciliación.
- Causas que dieron lugar a su cancelación.
- Contabilización transitoria llevando sus importes a las subcuentas 02 Cancelación de Cuentas por Cobrar, de la cuenta Pérdida en Investigación.
- Solicitud de aprobación al Delegado Territorial y aplicación de medidas disciplinarias si estas procedieran lo que debe hacerse dentro de los 20 días de iniciado el expediente
- Documento del Delegado Territorial aprobando la cancelación, o del Jefe de la Organización Económica Superior.
- Comprobante de operaciones cancelando la cuenta 330 Pérdidas en Investigación, subcuenta 02 Cancelación de Cuentas por Cobrar, contra la cuenta 837 Gastos por Cancelación de Cuentas por Cobrar.
 
EJEMPLOS DE CONTABILIZACIONES
PERDIDAS EN COSECHAS.                                                                     CAPITULO III
 
Por las pérdidas en cosecha se confeccionará el correspondiente expediente por área de responsabilidad y centros de costo numerado consecutivamente siguiendo el orden de los emitidos en la entidad y sus hojas deben estar numerados consecutivamente y contener lo mínimo los siguientes documentos:
 
a) Documento donde se exprese las causa y condiciones que originaron las pérdidas, especificando el área afectada cultivo de que se trató y el costo real registrado en la cuenta de producción agrícola en proceso depurando responsabilidad en los casos que proceda.
b) Certificado de la Estación de Protección de Plantas que atiende la entidad cuando la pérdida se origina por plagas y enfermedades.
c) Certificado de la defensa civil del territorio cuando la pérdida se produce por desastres naturales (intensas lluvias, intensas sequías, ciclones etc).
d) Comprobante de operaciones registrando el importe de las pérdidas de formas transitorias en la cuenta 330 Pérdidas en Investigación, subcuenta 03- Pérdida en Cosecha.
e) Solicitud de aprobación del expediente dirigido al Delegado Territorial o Jefe de la Organización Económica Superior cuando proceda.
f) Documento del Delegado Territorial o Jefe de la Organización Superior aprobando la cancelación del expediente.
g) Comprobante de operaciones cancelando el expediente contra la cuenta 053 Otros Gastos por Faltantes y Pérdida de Bienes, subcuenta 04- Pérdida en Cosecha.
 
El área que se informa como pérdida debe coincidir con la reportada por estadística en el mes que corresponda y en el acumulado de todos los expedientes por esta causa.
Si la pérdida se produce por negligencia se adjuntarán al expediente copia o copias de las resoluciones depurando responsabilidad administrativa o copia de la denuncia si procediera.
 
EJEMPLOS DE CONTABILIZACIONES 
 
Producto de la intensa sequía se pierden las siembras existentes de la Yuca en el autoconsumo de la empresa, después de instruir el expediente de investigación y recibir la aprobación para cancelarlo por un importe de $ 5000 pesos.

FALTANTES Y SOBRANTES DE MEDIOS MONETARIOS E INVENTARIOS. CAPÍTULO IV  
 
1. Por el grupo de faltantes o sobrantes que se detecten en cada conteo físico o comprobación, se elaborará de inmediato el correspondiente expediente, de sobrantes o faltantes según corresponda.
2. Cada expediente debe estar confeccionado por área de responsabilidad o unidad organizativa, mantendrá una numeración consecutiva dentro del universo de todos los expedientes por sobrantes o faltantes emitidos por la Empresa debiendo sus páginas numerarse consecutivamente y contener como mínimo los siguientes documentos:
 
a) Determinación del faltante o del sobrante en unidades físicas y valor, o en valor solamente en aquellos casos que proceda, este documento debe estar firmado por el responsable del área de responsabilidad donde se detectó el sobrante o faltante y la persona que lo detectó.
b) Documento donde se exprese las causas que dieron lugar a la ocurrencia del faltante o sobrante, así como las investigaciones y comprobaciones realizadas debidamente firmado por el Jefe de Grupo que realizó el trabajo.
c) Copia de la denuncia a la PNR en los casos de faltantes cuando se presuma la comisión de un delito o se esté ante un caso que no sea de escasa entidad por exceder de $ 1000,00 límite máximo de escasa entidad.
d) Comprobante de operaciones registrando el faltante o sobrante al detectarse esté llevando sus importes de forma transitoria a las cuentas Faltantes en Investigación o Sobrantes en Investigación, según corresponda de acuerdo a las cuentas y subcuentas aprobadas en el Nomenclador.
e) Resolución del Director, aplicando la Responsabilidad Material de acuerdo al Decreto Ley No. 92/86 por tratarse de un faltante de escasa entidad, cuando proceda.
f) Solicitud de ajuste al Delegado Territorial.
g) Documento del Delegado Territorial aprobando solicitud de ajuste.
h) Comprobante de operaciones con débitos a las cuentas que correspondan según plan de cuentas, cancelando las cuentas de Pérdidas y Faltantes en Investigación o Sobrantes en Investigación según proceda.
 
Estas solicitudes estarán lo suficientemente sustentadas y precisadas las medidas disciplinarias aplicadas especificando nombres y apellidos, cargo y medidas aplicadas, si estas procedieran, de no aplicarse medida, explicar por qué.
 
EJEMPLO DE CONTABILIZACIONES
 
1. FALTANTES
   
FALTANTE Y SOBRANTES DE ACTIVOS FIJOS TANGIBLES. CAPITULO V
 
1. Por el o los faltantes o sobrantes que se detecten en conteos físicos o comprobaciones, se elaborara de inmediato el correspondiente expediente, de faltantes o sobrantes según proceda.
2. Cada expediente debe estar confeccionado por área de responsabilidad o unidad organizativa, mantendrá una numeración consecutiva dentro del universo de todos los expedientes por sobrantes o faltantes emitidos por la Empresa, debiendo sus páginas numerarse consecutivamente y contener como mínimo los siguientes documentos
- El responsable del área donde ocurrió el hecho informara al responsable del control de activos fijos tangible la ocurrencia del hecho si procediera.
- Al detectarse el faltante o sobrante de un activo fijo tangible el responsable del control de estos confeccionará el modelo SC-1-01 Movimiento de Activos Fijos Tangibles, utilizando el escaque ajuste de inventario por baja para indicar la operación a realizar.
- Sub mayor de activos fijos tangibles según corresponda.
- Documento donde se exprese las causas que dieron lugar a la ocurrencia del hecho, así como las investigaciones y comprobaciones realizadas debidamente firmadas.
- Copia de la denuncia a la PNR en los casos de faltantes, cuando se presuma la comisión de un delito o se este ante un caso que no sea de escasa entidad por exceder de $1000.00 limite máximo de escasa entidad.
- Comprobante de operaciones registrando el faltante o sobrante al detectarse este, llevando sus importes de forma transitoria a las cuentas Pérdidas en Investigación y Faltantes de Bien en Investigación o Sobrantes en Investigación según corresponda de acuerdo a las cuentas y subcuenta aprobadas en el plan de cuentas.
- Resolución del Director aplicando la responsabilidad material de acuerdo al Decreto Ley 92/86, por tratarse de un faltante de escasa entidad, en caso que proceda.
- Solicitud de ajuste al Delegado Territorial. Estas solicitudes estarán lo suficientemente sustentadas y precisadas las medidas disciplinarias aplicadas, especificando cargo, nombre y apellidos y medidas aplicadas si estas procedieran, de no aplicarse medidas fundamentar porque.
- Documento del Delegado Territorial aprobado la solicitud de ajuste.
- Comprobante de operaciones cancelando el expediente según plan de cuentas aprobado.
 
EJEMPLO DE CONTABILIZACIONES
 
FALTANTES:

1. Es comprobación física realizada se detectó el faltante de un aire acondicionado valorado en 1000 pesos con una depreciación acumulada de 500 pesos la entidad aporta la depreciación y asume el gasto.
 
2. En las entidades en que se aplica el Sistema Tributario y se le presenten faltantes de activos fijos tangibles igual a las descriptos anteriormente utilizará los mismos asientos contables sustituirán la cuenta 440 Obligaciones con el presupuesto del estado, subcuenta 006 Aporte por la amortización por la cuenta 496 Otras provisiones para Inversiones
 
SOBRANTES
 
En la comprobación de los activos fijos tangibles se detecto el sobrante de una mesa de madera en el área de autoconsumo lo que se valoró por similitud en 200 pesos.  
 
FALTANTES Y SOBRANTES DE ANIMALES. CAPITULO VI
 
1. Cada expediente debe estar confeccionado por área de responsabilidad o unidad organizativa mantendrá una numeración consecutiva dentro del universo de todos los expedientes emitidos por la entidad debiendo sus páginas numerarse consecutivamente.
2. El expediente para el ajuste de ganado mayor por las pérdidas por extravío o sustracción lo conformarán los documentos siguientes:

a) Comprobante de denuncia formulada en la PNR.
b) En caso que no se acepte la denuncia el Directo de la entidad emitirá un documento explicando detalladamente las causas que motivaron esta situación.
c) Informe de la comisión de la empresa sobre las investigaciones realizadas y las medidas propuestas.
d) Comprobante de operaciones contabilizando transitoriamente su importe en la cuenta – Faltantes de Bienes en Investigación y subcuenta 001 Faltantes de Animales.
e) Solicitud de ajustes dirigida al Delegado Territorial por el Director de la entidad, debiendo contener los aspectos siguientes:

¨ Datos de la entidad.
¨ Cantidad de animales por especie, categoría, identificación individual y señas particulares.
¨ Valor de los animales.

f) Resolución del Director de la empresa aplicando la Responsabilidad Material si esta procediera.
g) Dictamen de la Comisión Municipal (preside SENCOP).
h) Dictamen de la Comisión Provincial.
i) Autorización de ajuste de ganado mayor firmada por el Delegado Territorial.
j) Comprobante de operaciones cancelando la cuenta Faltante de Bienes en Investigación, subcuenta 001- Faltante de Animales, cargando a gastos dicho importe.

3. Lo anteriormente expuesto se corresponde con lo establecido en la Resolución No 5/2003 del Ministerio de la Agricultura.
4. El ganado menor se regirá por lo establecido para los faltantes y sobrantes de inventarios.
5. No procede en este caso, contando con al tirilla de denuncia cancelar el expediente tal como se expresa en la Resolución No 44/97 de M.F.P ya que se procederá de acuerdo a los establecido en al Resolución No 5/03 del MINAG.
 
Para el caso de los sobrantes se aplicarán los inicios siguientes: ( c ) , ( d ), ( e ) , ( f ) ( i ).
 
EJEMPLO DE CONTABILIZACIONES.
 
FALTANTES  
CANCELACIÓN DE CUENTAS POR PAGAR. CAPÍTULO VII
 
1. Por la cancelación de cuentas por pagar se elaborará el correspondiente expediente por área de responsabilidad, numerado consecutivamente siguiendo el orden de los emitidos en la entidad y sus hojas deben estar numeradas consecutivamente.

2. El expediente que al efecto se confeccione contendrá los siguientes documentos:

· Nombre del suministrador (copia factura)
· Causas por las cuales no se afectó el pago
· Gestiones realizadas
· Certificación del suministrador de la no existencia del adeudo (conciliación)
· Comprobante de operaciones contabilizando transitoriamente su importe en la cuenta. 555 – Sobrante en Investigación, subcuenta 005 – Cancelación de cuentas por pagar.
· Solicitud de cancelación al Delegado Territorial.
· Documento del Delegado Territorial aprobando la cancelación
· Comprobante de operaciones cancelando la cuenta 555 – Sobrante en Investigación, subcuenta 005 – Sobrante por cancelación de cuentas por pagar contra la cuenta 924 – Ingresos financieros, subcuenta 001 – Cancelación de cuentas por pagar.  
 
EJEMPLOS DE CONTABILIZACIONES
 
PÉRDIDAS POR MERMAS Y DETERIORO. CAPITULO VIII  
 
Por las pérdidas por deterioro se conformará el correspondiente expediente por área de responsabilidad, numerado consecutivamente, siguiendo el orden de los emitidos en la entidad, sus hojas deben estar numeradas consecutivamente y contener como mínimo los siguientes documentos:
 
a) Documento donde se determine el deterioro o las mermas, sus causas, en unidades físicas y valor, o en valor solamente en aquellos casos que proceda, este documento debe estar firmado por el responsable del área donde ocurrió el hecho.
b) Comprobante de operaciones registrando transitoriamente su importe en la cuenta 332 - Pérdidas en Investigación, subcuenta 04 - Mermas y Deterioros
c) Cuando se trate de vencimiento o deterioro de medicamento de uso veterinario el Médico Empresarial certificará que los mismos no están aptos para ser usados.
d) Solicitud de ajuste al Delegado Territorial.
e) Documento del Delegado Territorial aprobando el expediente.
f) Comprobante de operaciones cancelando el expediente.
g) Si en el proceso investigativo se detecta que hubo negligencia, se le adjuntarán al expediente copia de la o las resoluciones depurando la responsabilidad administrativa.
h) En el caso de los deterioros debe añadirse un documento con el destino final que se le dio a la mercancías o productos, el que se emitirá por Materias Primas o mediante acta de destrucción cuando proceda
j) Cuando se realicen ajustes por mermas, éstas estarán técnicamente fundamentadas. 
 
EJEMPLOS DE CONTABILIZACIONES.
 
El Jefe de Almacén presenta un listado de medicamentos vendidos por $ 500,00.
 
NOMENCLADOR DE CUENTAS. CAPITULO IX
USO Y CONTENIDO DE LAS CUENTAS
330- PÉRDIDA EN INVESTIGACIÓN:

Representa de forma transitoria el importe de las pérdidas por deterioro de los recursos o situaciones excepcionales que se originan o los que se detectan al efectuarse inventarios o durante otra comprobación incluye pérdidas en cosecha, cancelación de cuentas por cobrar, muertes de animales, mermas, rebajas de precios, etc.

Se debitan por las pérdidas en el momento de tenerse conocimiento de las mismas y se acredita después de efectuar las investigaciones y recibirse las aprobaciones que correspondan.

De ocurrir recuperaciones posteriores de estos importes, estos se tratarán como Ingresos de Años Anteriores, de corresponder las cancelaciones a periódicas anteriores o como créditos a gastos por pérdidas de bienes, de corresponder al período en que se registraron estas.
 
332- FALTANTES DE BIENES EN INVESTIACIÓN:

Representa de forma transitoria el importe de los faltantes que se originan o los que se detectan al efectuarse inventarios o durante cualquier otra comprobación incluye entre otros. Faltantes de animales, de activos fijos tangibles por el importe de su valor no depreciado, medios monetarios, inventarios, activos fijos tangibles en ejecución (equipos por instalar y materiales para el proceso inversionista)

Se debitan por los faltantes en el momento de tenerse conocimiento de los mismos y se acreditan después de efectuar las investigaciones y recibirse la aprobación correspondiente.

En el caso de faltantes que se originen por hechos delictivos, cuyas denuncias sean aceptadas por los organismos de Orden Interior para su investigación y procesamiento juridicial, se cancelaron de esta cuenta al aceptarse las denuncias, contra el resultado del período excluye los faltantes de animales que se rigen por la Resolución No 5/2003 del Ministro de la Agricultura de ocurrir recuperaciones posteriores de estos importes, estos se trataran como Ingresos de Años Anteriores de corresponder las cancelaciones a periodos anteriores o como créditos a Gastos por Faltantes de Bienes de corresponder al período en que se registraron estas.
 
555- SOBRANTE EN INVESTIGACIÓN:

Incluyen durante el período de investigación los sobrantes de activos fijos tangibles, inventarios, animales, medios monetarios y cancelación de cuentas por pagar entre otros, detectados en conteos físicos o en otras comprobaciones.
Se acredita por los sobrantes detectados al tenerse conocimiento de los mismos y se debitan después de efectuar las investigaciones y recibirse las aprobaciones que correspondan.
 
837- CANCELACIÓN DE CUENTAS POR COBRAR:

Comprende los gastos en que se incurre por la cancelación de cuentas por cobrar, cuando no se ha creado la provisión correspondiente.
Su saldo se cancela al final del año, contra la cuenta 999 resultados.
 
848- GASTOS POR MUERTES DE ANIMALES:

Comprende de gastos de las muertes de los animales no atribuibles a culpables, hasta el límite de las normas establecidas como en exceso a estas.
Su saldo se cancela al final del año, contra la cuenta 999 resultados.
 
850- GASTOS POR FALTANTES Y HURTO DE ANIMALES:

Comprende los gastos por faltantes y hurto de animales, que una vez investigados son asumidos por la entidad al no poderse aplicar la responsabilidad material.
Su saldo se cancela al final del año contra la cuenta 999 resultados.
 
853- OTROS GASTOS POR FALTANTES Y PÉRDIDAS DE BIENES:

Incluye los gastos por faltantes de activos fijos tangibles, medios monetarios pérdidas en cosecha, pérdidas por merma y deterioro, equipos por instalar y materiales para el proceso inversionista que una vez investigados son asumidos por la entidad al no poderse aplicar la responsabilidad material, su saldo se cancela al final del año contra la cuenta 999- resultado.
 
924-OTROS INGRESOS FINANCIEROS:

Incluye los ingresos relacionados con la cancelación de cuentas por pagar, entre otros.
su saldo se cancela al final del año, contra la cuenta 999- resultado.
 
930- INGRESOS POR SOBRANTE DE BIENES:

Comprende los ingresos por sobrante de medios monetarios, inventarios y de animales que una vez investigados son asumidos por la entidad.
Su saldo se cancela al final del año, contra la cuenta 999- resultado.
 
MODELOS Y METODOLOGÍAS CAPITULO X  
 
CONTROL DE EXPEDIENTES
 
OBJETIVO

- Mantener un control permanente de los expedientes que se confeccionen por concepto de pérdidas faltantes y sobrantes en investigación y solicitud de bajas de activos fijos tangibles.
- Servir para controlar el cumplimiento de los términos establecidos por la resolución No. 44/97 del Ministerio de Finanzas y Precio para su cancelación.
- Controlar el envío a la organización superior de los expedientes enviados a la misma para su aprobación
 
FUENTE DE INFORMACIÓN

- Expedientes que se conforman por perdidas, faltantes y sobrantes y bajas de activos fijos tangibles.

INSTRUCCIONES

- Se habilita en original por el departamento de contabilidad, uno por cada concepto.

ANOTACIONES

- Se marca con una (X) según el concepto que corresponda.
- Numero del expediente.
- Fecha e inicio del expediente.
- Fecha en que debe concluirse el expediente.
- Fecha de cancelación del expediente cuando se envía a la organización superior.
- Fecha de cancelación del expediente cuando no se envía a la organización superior.
- Enviado a la organización superior, especificando fecha, recibido por y firma.
- Devuelto, especificando fecha y firma.

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Carlos Alberto Meneses Meneses. 

Carlos Jorge Meneses Meneses,  Yosvani Aquino Palmeros, Nallivis Pérez Cabrera MINISTERIO DE LA AGRICULTURA EMPRESA: CAI ARROCERO SUR DEL JIBARO SANCTI SPIRITUS, CUBA Sancti Spíritus, Cuba 

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